Máximo tribunal confirma negativa de suspender, en controversia constitucional, vacunación contra coronavirus en Huixquilucan

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Javier Ramírez portal Vorágine
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Ciudad de México, México.– La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de un proyecto elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, en sesión remota confirmó la decisión del ministro instructor de no suspender en el municipio de Huixquilucan, Estado de México, la implementación de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 contenida en el Acuerdo emitido por la Secretaría de Salud Federal.

Al examinar lo resuelto por el ministro dentro de la controversia constitucional planteada por el presidente municipal, la Sala advirtió que el propósito de la solicitud de la suspensión no versó en preservar derechos de los habitantes del municipio, sino en que pueda comprar o adquirir mediante acuerdo de coordinación la vacuna contra el virus SARS-CoV-2, cuyo tema corresponde al análisis del fondo de la controversia.

Concluyó que el objetivo del Acuerdo es que las autoridades sanitarias estatales, es decir, los gobiernos de las entidades federativas y no los municipios, sean quienes coadyuven en la implementación de la política de vacunación.

Además, la suspensión en las controversias constitucionales no se otorga cuando se plantea respecto de normas generales, pues se interrumpiría su validez, eficacia, fuerza obligatoria general o existencia, por lo cual la suspensión preserva un derecho, pero ésta no puede tener por efecto reconocer o constituir, aún de manera provisional, el derecho que se pretende reconocer en la litis principal que se analizará al estudiar el fondo del asunto.

El recurso de reclamación 30/2021-CA fue resuelto en sesión de 2 de junio de 2021, por unanimidad de cinco votos de votos.