Ciudad de México, México.– El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) informó que el día de ayer, 15 de diciembre de 2019, concluyó el periodo para la celebración de los actos previos a la presentación de la Solicitud de Registro como Partido Político Local, previstos en los artículos 265, fracción II del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México y 7 del Reglamento para el Registro de Partidos Políticos Locales ante el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Los actos previos comprendieron las actividades consistentes en celebrar una asamblea en por lo menos dos terceras partes de los Distritos Electorales Locales o de las Demarcaciones Territoriales en que se divide la Ciudad de México y una asamblea local constitutiva.
Durante ese plazo, el IECM atendió un total de 92 asambleas, de las cuales fueron válidas 46, así como dos asambleas locales constitutivas, realizando las actividades de verificación y certificación previstas en el Código y el Reglamento.
De las seis organizaciones que programaron asambleas, dos lograron realizar las mínimas requeridas por el Código, así como la Local Constitutiva.
La Consejera Electoral Carolina del Ángel Cruz, Presidenta de la Comisión de Asociaciones Políticas, expresó que a partir del día 01 de enero y hasta las 24 horas del 31 de enero de 2020, las organizaciones que cumplieron cabalmente con las asambleas Distritales o de Demarcación Territorial requeridas, y con la Local Constitutiva, estarán en posibilidades de presentar su solicitud de registro como Partido Político Local, acompañada de la documentación exigida por la normatividad electoral.
Una vez realizado lo anterior, y previa valoración de las constancias documentales, el Consejo General del IECM tendrá 60 días para emitir la resolución sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud de registro como Partido Político Local, que presenten, en su caso, las organizaciones interesadas.
Finalmente, se informa que la seguridad del personal del Instituto que asistió a dar fe de las Asambleas, y la de las personas que concurrían a ellas en calidad afiliadas de la organización, se encontraba a cargo de las organizaciones, en términos del artículo 22, último párrafo, del Reglamento; sin embargo, la organización denominada “Un árbol por México”, dejó de garantizarla, hasta el punto que el sábado 14 de diciembre del año en curso, permitieron diversos actos de violencia que atentaron contra la integridad física del personal del Instituto, en la asamblea que se pretendía realizar en el Distrito 01, ubicado en la demarcación Gustavo A. Madero.