Retira TEPJF a Ebrard candidatura para diputado

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Tribunal
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Por mayoría, los magistrados electorales resolvieron que Ebrard participó simultáneamente en dos procesos internos de selección de candidatos a diputados federales, tanto por el PRD como por Movimiento Ciudadano.

Con ello violentó el artículo 227 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) que establece que “‎ningún ciudadano podrá participar simultáneamente en procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular por diferentes partidos políticos”, salvo cuando éstos participen en coalición, lo que en el caso de PRD y MC no fue el caso.

De acuerdo a los argumentos de Ebrard Casaubón, quien acudió hoy a presenciar la sesión del Tribunal, el 22 de febrero de 2015 concluyó el proceso de selección interna de candidatos del PRD y al no aparecer como candidato fue designado candidato de Movimiento Ciudadano el 27 de ese mes, fecha en que renuncia a su militancia perredista.

Por ello según Ebrard no participó en proceso interno de MC por lo que no hubo simultaneidad.

“No observo simultaneidad objetiva” y es partir de la renuncia a ese partido -el PRD- que es inscrito en las listas de Movimiento, expuso el magistrado presidente del Tribunal Constancio Carrasco Daza al coincidir con el abanderado.

El día 22 de febrero ya no era candidato y por tanto estaban garantizadas los derechos de los otros aspirantes, estimó Carrasco, quien votó por la conservación del registro para Ebrard.

En cambio votaron por la revocación del registro los magistrados Pedro Esteban Penagos -ponente del caso- los magistrados Flavio Galván, María del Carmen Alanís, y Manuel González Oropeza con el voto en contra del magistrado Carrasco.