Por unanimidad de las Consejeras Pamela San Martín y Adriana Favela, así como el Consejero José Roberto Ruiz, la Comisión determinó que, bajo la apariencia del buen derecho, la aparición del precandidato en los promocionales de intercampaña del partido podría traer como consecuencia una vulneración al principio de equidad en la contienda electoral que se encuentra en curso en la referida Entidad Federativa al sobreexponer su imagen y nombre, y en consecuencia, un uso indebido de la pauta.
El órgano colegiado estimó que, de conformidad con la normatividad local, el período de intercampaña para Veracruz inició el día 13 de marzo de este año, y fue a partir de ese momento que los partidos sólo podían pautar promocionales de contenido genérico, por lo que la aparición del precandidato del Río Virgen en los promocionales genéricos del partido -cuando aún no concluye el proceso interno de selección del candidato a la Presidencia Municipal de Papantla de Olarte- podría violentar el principio de equidad.
En consecuencia, al exaltarse la figura del precandidato en mensajes de intercampaña, la Comsión determinó otorgar un plazo de 6 horas al partido Movimiento Ciudadano para sustituir los promocionales.
Mientras otro asunto, derivado de una solicitud de medidas cautelares realizada por el PRI en contra del Partido Primero Coahuila (PPC), la Comisión determinó -por unanimidad- suspender dos spots de radio y televisión del referido partido, en los que se critica la gestión de Miguel Ángel Riquelme Solís, precandidato del PRI al gobierno del Estado de Coahuila y quien ocupó hasta hace pocos meses el cargo de Presidente Municipal de Torreón, en la misma Entidad.
La Comisión determinó que si bien los promocionales genéricos que los partidos políticos pueden difundir en el periodo de intercampaña pueden incluir expresiones de crítica a manera de posicionamiento frente a la problemática que enfrenta el país o las Entidades Federativas, en el caso concreto, se estimó que el contenido de los promocionales se aparta de lo que podría considerarse como genérico, al contener una crítica directa y personalizada a quien habrá de ser uno de los contenientes en las campañas electorales próximas a iniciar en el Estado de Coahuila, así como llamar al cambio y al voto en su contra, lo que no es propio de la etapa en que se encuentra el proceso electoral.
De igual forma, se concedió un período de seis horas a partir de la notificación al partido denunciado para que realice la sustitución del promocional.