Desmantelan sentido social de la Constitución de 1917 a un siglo de su promulgación

0
Constitución
Anuncio

A un siglo de la promulgación de la Constitución de 1917 con 136 artículos y con 229 reformas y 695 cambios, no hay nada que festejar, pues, la carta magna fue desmantelada en su sentido social por los congresistas mexicanos para favorecer al neoliberalismo, al capital nacional y extranjero, aunque para los actuales gobernantes sigue “vigente y viva” con su esencia social.

Además, desde la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación, se replantea el sistema de división de poderes ante la existencia de “un montón” de órganos constitucionales autónomos de los cuales queda poco claro qué hacen.

En relación a la devastación del contenido social en la Constitución de 1917 se inició con las enmiendas hechas en los artículos 25 y 26 constitucionales en materia de la rectoría del Estado en el desarrollo nacional y del sistema nacional de planeación democrática, por el entonces presidente Miguel de la Madrid.

Y de ahí para el real siguieron enmiendas a la relación Iglesia—Estado, a la propiedad social, a los ferrocarriles, telecomunicaciones, petróleo, energía eléctrica, autonomía del banco central, en materias educativa y del trabajo, en muchas de esas áreas, se abren las puertas de par en par al neoliberalismo.  Es decir, la privatización de sectores estratégicos.

Pese a eso, se recalca en la carta magna que en esos campos se mantiene la rectoría del Estado.

Los artículos constitucionales 3, 25, 27, 28, 123 y 130, algunos de ellos icónicos, le dieron sentido social a la Constitución de 1917, y que ahora se ve que todo está perdido, pues, hay una mayoría de mexicanos en la pobreza.

Para el poder legislativo sigue “vigente y viva” la carta magna de 1917 sin alterarse las “decisiones fundamentales” con una visión social por “medio de nuevos e importantes derechos de las personas y adicionales obligaciones de las autoridades, plasmados en los icónicos artículos 3, 27, 123 y 130, entre otros, por lo que fue reconocida como la primera Constitución político social del mundo”.

El doctor en derecho e investigador universitario, Jaime Cárdenas Gracia reconoció que la Constitución ha sido desmantelada en su aspecto social, con las reformas a sus artículos denominados “icónicos” 3, 27, 123 y 130 constitucionales y fueron puestos a disposición del neoliberalismo, del capital nacional y extranjero.

Por ello, se pronunció a favor de una gran movilización nacional para crea una nueva carta suprema y rescatar los principios liberales de ley suprema de 1917.

Alejandro del Palacio Díaz, profesor-investigador del departamento de derecho de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), Unidad Azcapotzalco, lo dice claro: los cambios hechos a partir del sexenio de Miguel de la Madrid (1982-88) y hasta las últimas modificaciones en la administración del presidente Enrique Peña Nieto han transformado un Estado social, plasmado en el texto de 1917, en uno neoliberal.

En el anuncio de una publicación conmemorativa de la magna carta, Del Palacio Díaz señaló que en la celebración de cien años de vigencia de la Constitución será excelente ocasión para poner a debate su eficacia jurídica y su proyecto histórico, puestos en entredicho en la actualidad.

“Es conveniente hacerlo cuando la crisis que enfrenta el país demanda nuevas ideas y nuevos impulsos para refrendar la identidad de la nación”, dijo el académico, advirtiendo que “antes debemos llamar a juicio a los legisladores, los gobernantes y los ministros de la Suprema Corte que han claudicado, prevaricado, la han mutilado o simplemente no han acatado su mandato”.

Llamó a hacer votos por que la obra anunciada no sea sólo la aportación de la inteligencia que la comunidad de la UAM ha convocado para dar testimonio y juicio, sino “para llevar por los horizontes de la Patria un llamado que vuelva a incendiar las conciencias y reviva la pasión por la libertad y la justicia social, que alientan todavía, a pesar de las adversidades, la Constitución del estado social de todos los mexicanos, promulgada hace casi cien años”.

En un estudio del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM da a conocer que a casi cien años de reformas –la primera hecha en 1921–, el periodo en que más cambios se han introducido a la Carta Magna inicia en 1982 con casi dos tercios de las reformas (66.9 por ciento) y más de la mitad de los decretos (56.4 por ciento) son posteriores a ese año.

En un trabajo sobre la Constitución y sus enmiendas, Juan José Carrillo Nieto apunta que de acuerdo con Rina Roux, la reestructuración neoliberal en México ha girado en torno a seis importantes ejes: la contención del costo del trabajo, la reestructuración del régimen de propiedad agraria, los procesos de privatización, la reestructuración educativa, la redefinición de las relaciones con la iglesia, y la integración política y económica al proyecto norteamericano.

Publica que el número de decretos de reforma constitucional que se han difundido desde la primera reforma (1921) hasta el 04 de mayo de 2009 es de 185, los cuales contienen más de 470 modificaciones a los artículos constitucionales.

Y clasifica los momentos de las reformas en: a) reformas para la consolidación del Estado mexicano (1920–1940); b) funcionamiento del Estado de bienestar (1940–1982), y c) transformación y funcionamiento del Estado neoliberal (1982…), es posible observar que es durante este último periodo donde mayores reformas constitucionales se han realizado.

Asegura que se trata de 86 decretos de reforma constitucional en tan sólo cinco periodos presidenciales, uno de ellos a medio camino; y si sólo se consideran los sexenios concluidos, se genera un promedio de 42 decretos de reformas constitucionales por periodo presidencial, cifra superior a la de los periodos anteriores.

En su trabajo, dice, antes de analizar el contenido de las reformas constitucionales en México, es necesario señalar que en 1983 se publicó un decreto constitucional que modificó los fundamentos de la economía estatal.

Posteriormente, durante 1992 y 1993, bajo la rúbrica de Carlos Salinas de Gortari, se publicaron cuatro decretos de reforma constitucional que modificaron la estructura y configuración estatal del México posrevolucionario, y que prácticamente terminaron con los contenidos sociales de la Constitución Política.

En estos cinco decretos de reforma constitucional se otorgó mayor seguridad jurídica a la propiedad, se terminó con la reforma agraria, se individualizó la educación, se transformaron las relaciones con las iglesias, se otorgó autonomía al banco central y se permitió privatizar los ferrocarriles. Sin duda, se trata de cinco decretos con un fuerte contenido neoliberal.

El mismo Salinas de Gortari reinició las relaciones diplomáticas entre el Estado mexicano y el Vaticano con la llamada contrarreforma religiosa en 1992. En ella se reformaron los artículos 3, 5, 27, 28 y 130 constitucionales como un gesto del gobierno mexicano.

La comunicación vía satélite y los ferrocarriles eran áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución.

Sin embargo, las modificaciones al artículo 28 constitucional significaron flexibilizar las exenciones de impuestos y los monopolios, así como las prohibiciones a título de protección a la industria, permitió la inversión de capital privado en las comunicaciones vía satélite y los ferrocarriles, impulsaron la figura de la concesión de los servicios públicos y otorgó la autonomía al banco central, todos ellos pilares del modelo neoliberal.

Con esa autonomía de funciones y en su administración, cuenta Carrillo Nieto, el Banco de México no será ordenado por ninguna autoridad conceder financiamiento, y su objetivo será procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional que corresponde al Estado.

El contenido del artículo 27 constitucional es un paradigmay una gran aportación social del Constituyente de 1917, opina Carrillo. Sin embargo, con las enmiendas en 1992 la nueva redacción acabó con la reforma agraria, sólo puede buscarse el reordenamiento de los asentamientos humanos y no el reparto de tierra para quienes carecen de ella.

En 1992, se reformó el artículo tercero para permitir a los ministros de culto y las asociaciones religiosas participar en la impartición de la educación, y significó la eliminación del derecho del Estado para revocar las autorizaciones para impartir educación en cualquier momento y sin que existiese algún recurso que procediere contra dicha decisión, por lo que se abre la vía de los recursos en materia de educación contra las revocaciones (exigiendo su motivación y fundamentación).

La reforma de 1993, modificó de nuevo la estructura y contenido del artículo tercero, y a partir de ese momento, el párrafo introductorio señala que:

Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado —Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria.

Y aclara: este párrafo ya no establece una educación social o socialista, sino de individuos con derecho a recibir educación.

Los últimos empujones en contra del sentido social de la Constitución de 1917 se dieron en el gobierno de Enrique Peña Nieto, pues, le metieron mano otra al artículo tercero, 25 y 28 constitucionales para seguir con la privatización de la educación, de energía eléctrica y el petróleo.

Por su parte, el presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, César Camacho Quiroz asegura que la Constitución a un siglo sigue “vigente, es decir, viva, incluso vigorosa, y aspiración del pueblo mexicano. Texto que concentra las convicciones compartidas, los valores en común, los principios de la convivencia colectiva y los ideales que vinculan a nuestra nación, y se ha mantenido como norma eficaz, merced a las sucesivas actualizaciones que ha vivido, sin alterar las decisiones políticas fundamentales”.

En la presentación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos conmemorativa, el legislador dice que la Constitución de 1917 no sólo heredó el liberalismo político de 1857, especialmente en lo concerniente a derechos humanos, que fueron calificados como “garantías individuales”, sino que reforzó el republicanismo, dando mayor autonomía al poder judicial, reconociendo la soberanía a los estados y creando el municipio libre.

Además, incorporó una visión social por medio de nuevos e importantes derechos de las personas y adicionales obligaciones de las autoridades, plasmados en los icónicos artículos 3, 27, 123 y 130, entre otros, por lo que fue reconocida como la primera Constitución político social del mundo, añade.

En la evolución de nuestra ley suprema, se advierte que, sí en el origen nuestro sistema jurídico priorizó la estabilidad del régimen, el actual estado de cosas, obliga a que desde ahora y en adelante se continúen ampliando las capacidades del ciudadano, y se le ubique en el centro de atención de los asuntos públicos, dice.

Ésa ha sido la intención del gobierno y, subrayadamente, el espíritu de las reformas transformadoras impulsadas por el presidente Enrique Peña Nieto. En el constitucionalismo democrático y ciudadano por el que junto por él pugnamos, las personas, individual y colectivamente, consideradas, amén de ser “la medida de todas las cosas”, deben ser el principio y fin de toda acción pública.