El dictamen, que modifica los artículos 73, 88 y 108, de dicho margo legal, puntualiza que para dar una segunda oportunidad, los elementos no deberán contar con antecedentes de indisciplina o sanciones, o que repercutan o pongan en peligro el desempeño de sus funciones policiales.
La propuesta, avalada en reunión de trabajo, señala que al existir la opción de una segunda evaluación, se fortalece el propósito que tienen estas pruebas de ser un medio de confiabilidad y eficiencia en los elementos que pertenecen a las corporaciones de seguridad pública.
Subraya que la prueba “no debe ser un mecanismo de separación de buenos elementos” que, en sus casos, han acreditado otros exámenes, tienen antecedentes impecables, y muchos de ellos con una experiencia probada en su ejercicio.
“Si un policía realizó conductas que ameritaron su suspensión o remoción, no pueden ser beneficiados por esta segunda oportunidad”, sostiene el texto.
Desde 2010, los exámenes de control de confianza se usan como filtros para la contratación, permanencia o baja de agentes en corporaciones de seguridad pública, así como de diversos funcionarios de gobiernos federal, estatal o municipal, explica la reforma.
Integrar en el RNPED la historia de violencia de género
De igual forma, la comisión aprobó un dictamen que reforma el artículo 4 de la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPED), para integrar en su catálogo de indicadores la “historia de violencia de género”, a fin de ser una referencia a destacar, lo que ayudaría a reforzar su seguimiento.
Se considera fundamental su inclusión debido a que este lamentable fenómeno es cada vez más frecuente en niñas y mujeres mexicanas. “No existe una cifra de cuántas de las mexicanas que desaparecen tuvieron una historia de violencia de género previa al suceso”.
“Dicha modificación abonaría en la identificación de cuáles son las causas adyacentes a la desaparición de niñas y mujeres en todo el territorio nacional”, señala el dictamen.