El dictamen contempla reformas y adiciones a los artículos 3 y 13 de esa ley, surge de una iniciativa presentada en diciembre pasado por la diputada Mirna Esmeralda Hernández Morales (PRI).
Fue aprobado en lo general con 365 votos a favor, 35 en contra y cinco abstenciones, luego el Pleno rechazó una reserva del diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara (PT), al artículo 13, fracciones XIV y XV, se avaló en lo particular con 355 votos a favor, 40 en contra y cuatro abstenciones y se turnó al Senado.
El artículo 3 señala que el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población, tenderá a “proteger”, además de mejorar, como ya se establecía, el nivel y calidad de vida de la población urbana y rural.
Especifica que esta protección y mejoramiento contemplará la reubicación de asentamientos humanos impactados por desastres de origen natural, a partir de un dictamen técnico previo por parte de la autoridad competente.
Con las adiciones al artículo 13 se establece que el Programa Nacional de Desarrollo Urbano, de acuerdo con su carácter sectorial, se sujetará a las previsiones del Plan Nacional de Desarrollo.
Explica que contemplará la creación de reservas territoriales nacionales en las que se tome en consideración las tendencias y consecuencias de los desastres de origen natural que se registren o se prevean en el país.
Destaca que las reubicaciones se llevarán a cabo en coordinación con las dependencias del gobierno federal, así como gobiernos estatales y municipales, y se realizarán las obras de infraestructura necesarias para mitigar impactos negativos en asentamientos ya establecidos en zonas de alto riesgo.
En las consideraciones, se refiere que desde 1958 no se habían registrado fenómenos como los que se suscitaron a raíz de la tormenta tropical Manuel y el huracán Ingrid, en 2013.