De acuerdo con la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en ningún momento la administración local infringió los artículos 41 y 143 de la Constitución Política Federal, relacionados con asuntos electorales, como acusó el Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), a través de una queja.
La sentencia consideró que en la instrumentación que eximió del pago correspondiente a los ejercicios fiscales de 2011 a 2015, no se destinaron recursos para apoyar a algún partido político ni los servidores públicos señalados aprovecharon sus posiciones para promover a candidatos.
“No se demuestra que esta condonación de derechos con fines sociales se haya implementado, exclusivamente, para este periodo electoral con un apoyo específico para el Partido de la Revolución Democrática (PRD) o sus candidatos, ya que no se aportan elementos siquiera indicatorios que soporten tal hipótesis”, señala el documento emitido por el Tribunal Electoral.
También se lee que no hubo ningún tipo de materiales “ya fueran escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que pudieran considerarse como propaganda gubernamental o electoral”, ni difusión en medios masivos de comunicación, Internet y espectaculares.
Tras esta resolución, en la cual también se exime de cualquier tipo de responsabilidad al Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX), el expediente SRE-PSL-17/2016 se archivó como asunto concluido.