Difundir cantidad de vacunas contra virus SARS—COV-2 adquiridas o compradas especificando proveedor sin poner riesgo seguridad nacional, dice SCJN

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Ciudad de México, México.– El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que es  parcialmente fundado el recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en contra de la resolución del 20 de abril de 2022, emitida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), al resolver a su vez un recurso de revisión, donde instruyó a la Secretaría de Salud a entregar la información concerniente a la cantidad de vacunas contra el virus SARS-COV-2 adquiridas o compradas, con la especificación del proveedor.

El máximo tribunal confirmó la resolución del INAI, al determinar que la entrega de esa información no genera un incumplimiento a las condiciones confidenciales del contrato y, por tanto, no compromete la seguridad nacional ni obstaculiza el combate a la epidemia del virus SARS-CoV-2.

Además, el Pleno precisó que se trata de datos que en ningún momento se han mantenido reservados, como se observa en la página de la Secretaría de Relaciones Exteriores, donde la información ha sido tratada de manera abierta.

El recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública 3/2022, promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en contra de la resolución de 20 de abril de 2022, emitida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales en el recurso de revisión RRA 2395/22.  Ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretarios: Alejandro Castañón Ramírez y Carlos Antonio Gudiño Cicero.