Ciudad de México, México.– El Congreso capitalino dio cuenta del acuerdo CCMX/II/MD/03/2023, emitido por la Mesa Directiva, para actualizar el padrón de las personas cabilderas registradas para esta II Legislatura.
En el documento de referencia se definen las personas físicas y morales que integrarán el padrón, así como de las comisiones y comités ante las cuales realizarán su actividad.
De la misma manera, en concordancia con el artículo 477 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México “se determinó la no incorporación en la actualización del padrón de cabilderos de tres personas físicas y dos personas morales”, en virtud de que se detectó que son servidores públicos.
En la sesión ordinaria del pleno, también se notificó del acuerdo de la Mesa Directiva CCMX/II/MD/04/2023, por el que se establecen las actividades que desarrollarán las personas cabilderas ante esta Soberanía.
En este sentido, el artículo 472 del Reglamento del Congreso señala que “por cabildeo se entenderá toda actividad que se haga ante cualquiera de las y los diputados, órgano o autoridad del Congreso, en lo individual o en conjunto, para obtener una resolución o acuerdo favorable a los intereses propios o de terceros”.