Aprueba legislativo su Código de Ética

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Cámara de Diputados
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En lo particular, el Pleno avaló, con 287 votos a favor, 45 en contra, y 33 abstenciones, los artículos 6, 9, 12, 14 y 17, en términos del dictamen.

Para fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, Jorge Triana Tena, refirió que de acuerdo con una encuesta de 2015, los diputados y senadores tienen una calificación de apenas 5.2 en una escala de 10, y reconoció que ha habido “excesos y abusos” de muchos congresistas a lo largo de varias legislaturas.

Señaló que se tiene la obligación de actuar, pues peligra la legitimidad como Congreso. Es imperativo contar con un código deontológico de principios y preceptos a seguir que, paradójicamente no existe para efectos del Poder Legislativo.

Explicó que se propone un Comité de Ética, que trabajará en conjunto con la Mesa de Decanos para calificar la conducta de los legisladores, bajo cinco principios básicos rectores de nuestra conducta: legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia.

Este es un despliegue de un catálogo de conductas que podrá ser sancionado, habrá tiempos y procedimientos claros de desahogo, amonestaciones públicas o privadas, posibles remociones de las comisiones y los cargos internos, incluso, descuento a dietas en los términos que marca la Constitución Política.

Mencionó que todo ciudadano, bajo su propia responsabilidad, podrá presentar una denuncia por la violación al código de conducta a la Mesa Directiva. Aclaró que el dictamen no contraviene el artículo 61 constitucional que “claramente dice que los legisladores somos inviolables en nuestras opiniones”.

Turnado para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, el dictamen indica que el Código de Ética tiene por objeto establecer normas que regirán la actuación de las y los diputados del Congreso de la Unión, y el procedimiento para su cumplimiento será obligatorio para los legisladores.

Su aplicación, en ninguna circunstancia, obstaculizará el fuero constitucional, ni impedirá el libre ejercicio de sus derechos a los diputados, así como la libre manifestación de sus ideas y libertad de expresión.

Los diputados están constreñidos al cumplimiento de los siguientes principios que deberán observar en el desempeño de su encomienda pública.

De legalidad, que se materializa en la ética parlamentaria cuando los legisladores cumplen funciones destinadas a satisfacer el interés público; denuncian ante las autoridades correspondientes, los actos de los que tuvieran conocimiento con motivo del ejercicio de sus funciones; previenen e investigan los hechos que atentan contra la ética pública.

Eficiencia, cuando se abstienen de presentarse en el recinto cameral en estado de ebriedad o bajo influjo de enervantes, y ausentarse sin justificación de las sesiones.

También de obstruir el desarrollo normal de las sesiones del Pleno o de las comisiones a través de la interrupción de los oradores, la usurpación de los lugares de la Mesa Directiva, la alteración del orden por medio de exclamaciones soeces o altisonantes, o cualquier otra que pretenda obstruir u obstruya el desarrollo normal de las sesiones.

La honradez se cumple cuando se abstienen de incurrir en actos de corrupción o conflicto de intereses; omiten efectuar gestiones ajenas a su labor parlamentaria ante entidades del Estado en el ejercicio de sus funciones.

El principio de lealtad se materializa al tiempo que mantienen un trato solidario, de respeto, de consideración, de cooperación y de lealtad mutua acorde con su investidura, y en todo momento desempeñar una conducta intachable y transparente tanto en su vida pública como privada.

Deben lealtad al pueblo, a las instituciones y al mandato constitucional por el cual han sido elegidos y actúan con responsabilidad, protegiendo los intereses nacionales.

La imparcialidad se cristaliza cuando se abstienen de pretender trato preferencial alguno al realizar trámites personales o familiares ante entidades públicas o privadas; cuando emplean criterios de equidad para la formulación de leyes y la toma de decisiones en general.

O bien, se abstienen de realizar actos discriminatorios en su actividad legislativa ni con las personas en general, y observan una conducta digna y decorosa, actuando con sobriedad y moderación.

El documento refiere que, además de los principios contenidos en el Ley Orgánica del Congreso de la Unión, el Reglamento de la Cámara de Diputados y el Código de Ética, los diputados deben atender las siguientes normas:

Respeto, ejemplo público, transparencia, honradez, independencia, cordialidad, profesionalismo, tolerancia, responsabilidad, integridad, objetividad, y todas aquellas que abonen a la productividad legislativa, al cumplimiento de las obligaciones y deberes que la Constitución y las leyes les confieren.

Sobre el Comité de Ética, se integrará por el Comité de Decanos y un diputado representante de cada grupo parlamentario. Se organizará por un presidente y dos secretarios electos por el Pleno de la Cámara. Un vicepresidente, el presidente del Comité de Decanos, quien sustituirá al presidente del Comité de Ética en sus ausencias.

Éste se integrará e instalará dentro del primer mes del primer año de ejercicio constitucional de la Legislatura de que se trate, y sesionará al menos una vez al mes y cuantas veces sea necesario cuando se estén desahogando procesos de investigación.

El comité tendrá atribuciones para promover el cumplimiento y observancia del Código de Ética, difundir los principios de conducta entre las y los diputados, y promover la transparencia y publicidad de los principios, valores y deberes de la conducta ética.

Sobre el proceso para resolver quejas, el documento refiere que todo proceso iniciado y seguido en contra de un legislador, deberá sujetarse a las reglas y principio del debido proceso.

Respecto a la investigación, recomendación y Apelación, explica que a todo proceso iniciado de oficio o a petición de parte, deberá recaer una resolución a más tardar dentro de los noventa días siguientes a aquél en que se realizó la notificación al diputado.

Señala que la omisión de la observación y cumplimiento de los principios del Código de Ética, constituyen conductas que atentan contra la ética parlamentaria; en tal caso, el Comité podrá emitir la recomendación pertinente a la Mesa Directiva, y lo legisladores podrán recibir amonestación pública o privada, ser removidos del comité o comisión a las que pertenezcan, o recibir suspensión de la dieta, en los términos que marca la Constitución.

En su segundo transitorio, el dictamen indica que la Junta de Coordinación Política tendrá 90 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para emitir la propuesta de constitución del Comité de Ética de la Cámara de Diputados.

Posicionamientos

El diputado Manuel Jesús Clouthier Carrillo (Independiente) estimó que el reto es que un código de ética no se convierta en carta de buenas intenciones, sino ser un documento que realmente genere congruencia entre el decir y el hacer.

Recalcó que de nada sirve un código de ética que no se traduzca en un cambio en la cultura del ejercicio legislativo. “Un cambio en las acciones de nosotros, que le muestren al ciudadano congruencia entre lo que decimos y hacemos”, expresó.

De Encuentro Social, la diputada Norma Edith Martínez Guzmán indicó que la ética pública tiene por objeto que los legisladores hagan con diligencia y honestidad su trabajo, como resultado de la razón, la conciencia, la madurez de juicio, la responsabilidad y el sentido del deber.

Consideró que se debe actuar con valores muy claros como el bien común, la eficiencia, probidad, integridad, legalidad y responsabilidad; invitó a votar a favor del dictamen, con la intención de acercarse a una conducta adecuada.

Por su parte, el diputado Ángel García Yáñez (Nueva Alianza) enfatizó que la sociedad mexicana está cansada de la política y de los políticos y el malestar se debe en gran medida a que muchos han olvidado la vocación de servicio y los valores éticos que deben seguir sus acciones.

Estimó imperativo que este órgano legislativo cuente con un marco normativo íntegro, para lo cual es prioritario que exista un código que regule la conducta ética de sus integrantes y cree un comité de ética que vele por el cumplimiento de dicho ordenamiento.

El diputado Macedonio Salomón Tamez Guajardo (Movimiento Ciudadano) se pronunció a favor del dictamen que agrega un Código de Ética, con la peculiar concepción de que se convierte en derecho positivo, se haga obligatorio y acarreé sanciones.

Se congratuló por su aprobación, ya que con ello se da una muestra del compromiso con la sociedad e invitó a escribir en su conciencia las normas de este código y aplicarlo en la vida cotidiana siempre, sin excepción alguna.

En tanto, la diputada Ernestina Godoy Ramos (Morena) consideró que el dictamen impone reglas que limitan la libertad de expresión. “Es un código que se sobrepone al Reglamento y que denota una búsqueda del orden sobre la libertad de expresión de las y los legisladores de este Congreso”.

Recalcó que estas disposiciones son inconstitucionales, ya que contravienen el artículo 61 de la Carta Magna que expresamente dice que “los diputados y senadores somos inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos por ellos”. Eso, señaló, “no tiene ninguna relación con la ética pública, la honradez y el servicio a la patria”.

Por el PVEM, el diputado Omar Noé Bernardino Vargas subrayó que el Código de Ética es un asunto de índole moral y en la Constitución ya se establecen algunos entes, como el de servir a los ciudadanos. “La toma de tribuna es una expresión de los diputados, es la forma de expresar su inconformidad; sin embargo, son cosas que no pueden tolerarse cuando se falta al respeto a los demás”.

Se pronunció a favor del dictamen, porque “la gente no quiere que nos estemos peleando, pero sí quiere que estemos desquitando lo que nos pagan con proyectividad, legislando siempre en favor de los sectores más vulnerables del pueblo de México”.

El diputado Omar Ortega Álvarez (PRD) explicó que no puede estar en contra de un Código de Ética que regula los principios, valores y el actuar de todos los diputados; sin embargo, precisó, de una manera u otra invade la esfera de atribuciones de varios ordenamientos. “De manera clara un Código de Ética no podría ser punitivo, porque va con los principios y los valores”.

Aclaró que su grupo parlamentario se abstendría de votar porque encuentra varias condiciones que tendrían que irse corrigendo y no está en contra de la disciplina y el orden.

En su turno, el diputado Santiago Torreblanca Engell (PAN) señaló que este es un código mixto, porque contiene un catálogo de conductas que deben imperar entre cualquier legislador como honradez, representatividad y probidad. Asimismo, contiene una parte administrativa para imponer sanciones, siguiendo el procedimiento en el propio código, regulado por un órgano previamente conformado.

Expresó que no se está atacando la habilidad legislativa, ya que la inviolabilidad consagrada en el artículo 61 constitucional significa que los diputados no pueden ser reconvenidos ni por la vía civil, penal o administrativa por lo dicho.

La diputada Carolina Monroy Del Mazo (PRI) señaló que el Código de Ética será un instrumento que norme la conducta de los legisladores en sus funciones parlamentarias y de representación, e inclusive regulará su conducta cotidiana”.

En el código, indicó, se incorporó una serie de normas de conducta que los legisladores tendrán que observar: respeto, ejemplo público, transparencia, independencia, cordialidad, profesionalismo y tolerancia, responsabilidad, integridad y objetividad, y todas aquellas que abonen al cumplimiento adecuado de nuestro deber.

Consideró que se enviará a la sociedad una clara señal de que pronto se aprobará la reforma constitucional que servirá para que los legisladores federales y locales, puedan ser sancionados por actos de corrupción.

Reservas

Los diputados Verónica Delgadillo García (Movimiento Ciudadano), Alfredo Basurto Román y Juan Romero Tenorio, de Morena, presentaron sus reservas a los artículos 6, 9, 12, 14 y 17, las cuales fueron desechadas.