Ciudad de México, México.– A fin de incrementar hasta un tercio la pena establecida para el delito de feminicidio cuando la víctima sea mujer menor de edad, embarazada o con discapacidad, o cuando lo cometa un servidor público, el senador priísta, Ángel García Yáñez, presentó una iniciativa para reformar el artículo 325 del Código Penal Federal. El legislador afirmó que la muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en nuestro sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra las mujeres y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ellas, lo cual afecta a personas de todas las edades, sin distinción de ubicación económica, social o cultural.
De acuerdo con lo establecido en el Código Penal Federal, este delito se castiga con una pena de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa.
Sin embargo, García Yáñez sostuvo que es necesaria su actualización, pues con el paso de los años esa penalización ha quedado rezagada, principalmente en lo que corresponde a la imposición de multas.
El feminicidio, subrayó el senador, es uno de los delitos que más dolor generan a la sociedad y ha quedado rebasado respecto a delitos de un orden distinto. Mencionó que casos lamentables como el de Debanhi Escobar generan reclamos legítimos de la sociedad, para imponer sanciones más severas para quienes cometen este tipo de ilícitos.
Por ello, la propuesta del legislador tiene el objetivo de adicionar un párrafo al artículo 325 del Código Penal Federal, a fin de que la pena se agrave hasta en un tercio cuando la víctima sea mujer menor de edad, embarazada o discapacitada, así como cuando el sujeto activo sea servidor público y haya cometido la conducta valiéndose de esta condición.
Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia, sugirió el senador, se le tiene que imponer, además de prisión de tres a ocho años, como ya lo establece el Código, de mil a dos mil días multa, con una destitución e inhabilitación de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
“No debemos de perder de vista que muchos de los casos de feminicidio han quedado impunes por diversas circunstancias, desde una mala integración de la investigación a cargo de las autoridades ministeriales, casos de corrupción, vacíos legales, así como un subregistro de los casos”.
“Ha llegado a suceder que los casos reportados por las fiscalías estatales, en la mayoría de las veces no son coincidentes con cifras que tienen a su cargo organizaciones civiles o periodistas”, señaló el senador.
De acuerdo con cifras de la “Incidencia Delictiva del Fuero Común 2022”, del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, al mes de abril de este año, se tenía un registro de 310 feminicidios a nivel nacional.
Los estados donde se concentraba un mayor número de casos fueron el Estado de México, donde se registraron 39 presuntos feminicidios, seguido por Nuevo León y Veracruz con 21 cada uno. Sin embargo, si se toma en cuenta la comisión de ese delito, por cada 100 mil habitantes, la lista cambia y los tres con mayor incidencia fueron Morelos, Nuevo León y Aguascalientes.
La iniciativa con proyecto de decreto fue turnada a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, con opinión de la Comisión para la Igualdad de Género de la Cámara de Senadores.