Además, se daría continuidad a la supuesta intención del spot denominado “Avión”, respecto del cual la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que debía concederse la medida cautelar porque podría existir promoción personalizada, aspecto sobre el cual está pendiente el estudio más exhaustivo de ese spot.
En sesión extraordinaria urgente, con el voto a favor de las Consejeras Adriana Favela y Beatriz Galindo, y el voto en contra del Consejero José Roberto Ruiz, se determinó procedente la adopción de las medidas cautelares solicitadas.
El Consejero José Roberto Ruiz votó en contra de declarar la procedencia de las medidas cautelares solicitadas, debido a que la pasada resolución del TEPJF, por la que ordenó el retiro del anterior promocional denominado “Avión”, no es aplicable integralmente al presente asunto y toda vez que el spot ahora retirado contiene elementos diversos.
La Comisión instruyó al partido MORENA para que en un plazo no mayor a seis horas, a partir de la notificación correspondiente, sustituya los promocionales que fueron motivo de las medidas cautelares. Mientras, las concesionarias de radio y televisión deberán suspender los spots denunciados en un plazo no mayor a 24 horas a partir de la notificación del respectivo acuerdo.