Recomendación de CNDH a INDEP por incumplir laudo que otorga gastos funerarios y compensaciones a viuda de ex trabajador de ex CLyFC

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Ciudad de México, México.– La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 42/2022 al titular del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), por violaciones a los derechos humanos a la legalidad, a la seguridad jurídica, al acceso a la justicia y al plazo razonable, cometidos en contra de la esposa de un extrabajador de la extinta compañía de Luz y Fuerza de Centro, en relación con la inejecución de un laudo emitido en enero de 2017 por la Junta Especial número 5 de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JEFCA), cuyo incidente de liquidación fue emitido el 6 de septiembre de 2019, sin que a la fecha se haya realizado el pago en favor de la víctima.

En el escrito de queja dirigido a esta Comisión Nacional, la promovente detalla que el 27 de noviembre de 2013 presentó demanda laboral ante la JEFCA, con el fin de que se determinara si tenía derecho para reclamar, como única beneficiaria, el pago de las prestaciones laborales correspondientes a su fallecido esposo. El 5 de enero de 2017 se dictó el laudo en el que se condena al INDEP a pagar a la promovente las compensaciones demandadas y, mediante resolución incidental emitida en septiembre de 2019, se determinó la cantidad líquida a pagar por los conceptos de compensación por antigüedad, gastos funerarios, seguro sindical, fondo de ahorro y aguinaldo en su parte proporcional del año 2013.

Se documentó, además, que a partir de ese momento se han dictado diversos autos de ejecución con efectos de mandamiento, para que el INDEP dé cumplimiento del laudo emitido, incluso, se ordenó girar oficio a las instituciones bancarias para que remitieran título de crédito en favor de la promovente; sin embargo, hasta la emisión de esta Recomendación, no se le han pagado las condenas dictadas en el juicio laboral.

En consideración de esta Comisión Nacional, al no cumplirse los actos a que fue condenada una autoridad y estando firme la resolución, se advierte una clara omisión de carácter administrativo que constituye una violación a la adecuada administración de justicia; y se pone de manifiesto que las autoridades señaladas como responsables del cumplimiento, han sido ineficaces y no han ejercido plenamente sus atribuciones, ni han efectuado todas las gestiones necesarias para  cumplir el laudo al que fue condenado ese Instituto desde el 5 de enero de 2017.

Este Organismo Autónomo señala que las personas servidoras públicas adscritas al INDEP dejaron de observar preceptos establecidos en el Reglamento de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, ya que ese instituto tenía que cumplir con las obligaciones derivadas de la resolución emitida por la JEFCA, pero no se tomaron las medidas para su cumplimiento; para esta Comisión Nacional es notorio que con las omisiones se han transgredido los derechos humanos a la legalidad,  a la seguridad jurídica y al acceso a la justicia.

En consideración de esta Comisión, el INDEP tiene la obligación legal de proteger y garantizar el derecho consignado en favor de la promovente, por lo que las personas servidoras públicas señaladas como responsables, debieron acatar, sin dilación, el cumplimiento del laudo en un plazo de quince días después del primer requerimiento de ejecución, según el artículo 945 de la Ley Federal del Trabajo. Además, no realizaron las acciones necesarias para cumplir en un plazo razonable la condena impuesta por el laudo y la Resolución incidental emitidas, con lo que se niega a la víctima la posibilidad de que se le restituyan los derechos laborales que acreditó tener como única beneficiaria.

Por lo anterior, la CNDH solicitó al titular del INDEP que se realicen las gestiones necesarias a fin de dar cumplimiento al laudo y a la Resolución incidental, con el fin de que se realice el pago a la víctima por concepto de las prestaciones a las que fue condenado a otorgar. Además, se solicita  que colabore en la presentación y seguimiento de la queja que se presente en el Órgano Interno de Control de ese instituto, en contra de las personas servidoras públicas señaladas como responsables, por la probables faltas administrativas cometidas.

Por último, deberá diseñar e impartir un curso integral de capacitación sobre el derecho a la legalidad y la seguridad jurídica, acceso a la justicia y al plazo razonable dirigido al personal de mando medio y superior de la Dirección Laboral y de Liquidación del INDEP, así como al personal que participa en el proceso de cumplimiento de laudos, en el área de Proceso de Desincorporación del extinto Organismo Luz y Fuerza del Centro.

La Recomendación 42/2022 ya fue debidamente notificada su destinatario y puede ser consultada en la página web cndh.org.mx.