Máximo tribunal echa abajo art. 7 fración XII de Ley Educación de Nuevo León por inconstitucional  

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Ciudad de México, México.– El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 7, fracción XII, en la porción: “desde la concepción hasta la muerte natural”, de la Ley de Educación del Estado de Nuevo León, la cual preveía que uno de los fines de la educación en el Estado sería desarrollar actitudes solidarias en los individuos para crear conciencia sobre el respeto a la vida, desde la concepción hasta la muerte natural.

La Corte estableció que hay una imposibilidad para determinar cuándo inicia la vida humana, puesto que no hay consenso científico, moral o religioso al respecto. En ese sentido, sostener como parte del contenido de la educación una única concepción de la vida, sus inicios y fin, forzosamente implica que el Estado se aleja de su obligación de ser neutral respecto de ideologías y creencias.

La acción de inconstitucionalidad 238/2020, fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez del artículo 7, fracción XII, de la Ley de Educación del Estado de Nuevo León, reformada mediante Decreto 311, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad del 24 de julio de 2020. Ponente: Ministro Javier Laynez Potisek. Secretaria: Paula Ximena Méndez Azuela.