300 Consejos Distritales determinarán cantidad o porcentaje definitivo de actas susceptibles de recuento en su sesión de hoy por elección federal, asegura INE

0
Anuncio

Ciudad de México, México.— Los 300 Consejos Distritales, en su sesión, determinarán la cantidad o porcentaje definitivo actas susceptibles de recuento como ha ocurrido en procesos anteriores, aseguró el Instituto Nacional Electoral en el marco del Proceso Electoral Federal 2023—2024 que se eligió Presidente de la República, senadurías y diputaciones federales. El INE aclaró que, las estimaciones para los recuentos pudieran modificarse en el transcurso de los Cómputos Distritales, con base en lo que se acuerde entre los integrantes de estos órganos institucionales.

El recuento de votos es un procedimiento complementario establecido en la ley electoral con el fin de contribuir a dar certeza, objetividad y legalidad a los resultados electorales, y que con base en los datos con los que se cuenta hasta el momento, y en el marco del desarrollo de los cómputos distritales que iniciarán el 5 de junio en cada sede distrital, la cantidad y porcentaje de actas que formarían parte de este procedimiento, señaló el INE.

En el marco del Proceso Electoral Federal 2023-2024, el domingo 2 de junio de 2024 se llevó a cabo la Jornada Electoral en la que la ciudadanía tuvo la oportunidad de manifestar su voluntad para elegir a titulares de la Presidencia de la República, Senadurías y Diputaciones Federales, tal como lo dispone el Artículo 273 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

El INE explicó que a la conclusión de la Jornada Electoral, fueron llevados los paquetes electorales a cada una de las sedes de los 300 consejos distritales en todo el país, y se procedió entre el domingo 2 y el lunes 3 de junio, a su registro en el Sistema de Registro de Actas (SRA) que dispone el Instituto Nacional Electoral (INE) para llevar el control y seguimiento del resguardo de los documentos electorales en los consejos distritales correspondientes.

Además, detalló que el  Sistema de Registro de Actas que administra la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral (DEOE) del INE proporciona elementos para tener una estimación preliminar de la cantidad de actas que pudieran ser susceptibles de recuento. La cantidad o porcentaje definitivo se define en las sesiones de los 300 Consejos Distritales, tal como ha sido en procesos electorales anteriores. Cabe señalar que, las estimaciones para los recuentos pudieran modificarse en el transcurso de los Cómputos Distritales, con base en lo que se acuerde entre los integrantes de estos órganos institucionales.

En este contexto, de acuerdo con el artículo 311 de la LGIPE el cómputo distrital consiste en el cotejo de los resultados del acta de escrutinio y cómputo contenida en el expediente de la casilla con los resultados del acta que obra en poder del presidente o presidenta del consejo distrital. Ahora bien en caso de que los resultados de las actas no coincidan, o se detectaren alteraciones evidentes, o no existiere el acta en el expediente o no obre en poder del presidente o presidenta del consejo, o existan errores o inconsistencias en el apartado de las actas, o el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre los candidatos ubicados en el primero y segundo lugares en la votación, o todos los votos sean a favor de un mismo partido, se procederá al recuento de votos, el cual implica la apertura de los paquetes electorales en cada distrito electoral, para realizar nuevamente el escrutinio y cómputo de la casilla.

De esta manera, y de acuerdo con lo que establece el Reglamento de Elecciones en sus artículos 386 y 387, el día de hoy, se han estado realizando reuniones de trabajo, acompañados de las representaciones de los partidos políticos en los 300 distritos electorales con el propósito de determinar, el día de mañana en que iniciarán los cómputos distritales, el total de paquetes que serán susceptibles de ser recontados en el seno de cada consejo distrital. Posterior a esto, se realizará la Sesión de Consejo Distrital Extraordinaria, como lo dispone el Artículo 388, correspondiente en cada uno de los 300 distritos, a efecto de formalizar el número de paquetes que, de ser el caso, se verá involucrado en el proceso de recuento.

De este modo, y de manera preliminar, se cuenta con la siguiente información, para los cómputos que iniciarán en los 300 consejos distritales el miércoles 5 de junio a partir de las 8:00 horas (tiempo del centro del país). En la siguiente tabla se presenta un comparativo entre los años 2018 y lo que se tiene hasta el día de hoy para las elecciones de 2024.

Con base en lo anterior, es posible concluir que el recuento de votos es un procedimiento complementario establecido en la ley electoral con el fin de contribuir a dar certeza, objetividad y legalidad a los resultados electorales, y que con base en los datos con los que se cuenta hasta el momento, y en el marco del desarrollo de los cómputos distritales que iniciarán el 5 de junio en cada sede distrital, la cantidad y porcentaje de actas que formarían parte de este procedimiento, está dentro de los estándares institucionales observados al menos en las elecciones del año 2018, e inclusive, están por debajo de lo que se presentó en esa elección.

El INE reiteró a la ciudadanía su compromiso con la transparencia en el desarrollo de las elecciones y en la difusión de los resultados electorales, de tal manera que esto sume a la confianza que por años se le ha otorgado a este órgano autónomo del Estado mexicano.