Ciudad de México, México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión del Tribunal Pleno, determinó que la ministra Ana Margarita Ríos Farjat no se encuentra impedida para conocer como instructora de las controversias constitucionales 253/2022 y 258/2022, a través de las cuales el titular del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León impugnó el “Acuerdo por el que se resuelve procedente la denuncia de juicio político”, emitido por el Poder Legislativo local, en contra del secretario general de gobierno de la entidad, al considerar que invade sus facultades y vulnera el principio de división de poderes.
La Corte destacó que, las resoluciones del Pleno pueden ser emitidas por mayoría simple de los miembros presentes, pero al tratarse de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, únicamente se podrá declarar la invalidez de las normas impugnadas cuando sean aprobadas por una mayoría calificada de ocho votos de las ministras y los ministros presentes.
Por ello, a efecto de salvaguardar la debida resolución de dichos asuntos, conforme a la mayoría calificada que exige la Constitución General, el Pleno estableció un criterio en el sentido de que cuando se trate de los casos mencionados, resulta improcedente la promoción de impedimentos de las y los ministros de la Corte.
El impedimento 1/2023-CA, fue planteado por el Poder Legislativo del Estado de Nuevo León, para que la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat se abstenga de conocer de la controversia constitucional 253/2022. Ponente: Ministro Luis María Aguilar Morales. Secretarias: María Cristina Villeda Olvera y María Noriega Gutiérrez.
Y el otro impedimento 2/2023-CA, planteado por el Poder Legislativo del Estado de Nuevo León, para que la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat se abstenga de conocer de la controversia constitucional 258/2022. Ponente: Ministro Luis María Aguilar Morales. Secretarias: María Cristina Villeda Olvera y María Noriega Gutiérrez.