CNDH emite recomendación al ISSSTE por negligencia médica que provocó muerte de derechohabiente en CDMX

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Ciudad de México, México.– Por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud de una víctima y al acceso a la información en materia de salud en agravio de sus familiares, víctimas indirectas del caso, en la Clínica de Medicina Familiar (CMF) Aragón y en el Hospital Regional (HR) 1º de Octubre, ambos de ese instituto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 57/2023 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

El 18 de febrero de 2020, el esposo de la víctima, de 45 años al momento de los hechos, presentó una denuncia ante la Comisión Nacional por la deficiente atención brindada a su cónyuge en las instalaciones del ISSSTE, y declaró que, en marzo de 2019, acudió a la CMF Aragón con su familiar debido a que presentaba distinción abdominal, estreñimiento, sangrado en heces, mareos, náuseas, tos excesiva, dolor de clavícula y enfriamiento de pulmones. El médico tratante diagnosticó colitis nerviosa y fractura de clavícula y se limitó a medicarla. Sin embargo, ante la falta de mejoría, la víctima y su esposo regresaron en reiteradas ocasiones a la clínica y solicitaron que se le practicaran estudios clínicos, pero su petición no fue atendida.

Para el 6 de septiembre de 2020, la víctima continuó con fuertes dolores en el cuerpo, tos excesiva y dolor en la clavícula, por lo que ingresó al Servicio de Urgencias del Hospital Regional 1º de Octubre, donde se confirmó el diagnóstico de la CMF. A partir de esa fecha, la víctima fue internada en repetidas ocasiones sólo para estabilizarla, suministrarle medicamentos para el dolor y darla de alta sin realizarle ningún estudio, a pesar del deterioro que presentaba.

El quejoso víctima llevó a su esposa a un laboratorio particular, donde le practicaron diversas pruebas de gabinete y con los resultados acudió al Hospital General de La Villa, donde con las placas de tórax y pulmón se le sugirió acudir con un neumólogo y gastroenterólogo, por lo que, el 9 de noviembre de 2019, llevó a la víctima al HR 1º de Octubre, donde mostró los estudios realizados, lugar en el que se internó a la paciente y se le realizaron nuevas pruebas de gabinete, con las que le diagnosticaron cáncer en pulmones y cáncer primario en colon acompañado de un tumor, el cual se le extirpó en 27 de  noviembre de ese año. El 23 de enero de 2020, la víctima presentó dolor en pulmón y riñón, por lo que ingresó al Servicio de Oncología del HR 1º. de Octubre, pero no se le proporcionó el medicamento ni la atención médica que requería y, el 11 de febrero del mismo año, lamentablemente falleció por neumonía y cáncer de colon.

Del análisis lógico-jurídico de las evidencias que obran en el expediente de queja, se acreditó la negligencia médica de cinco personas servidoras públicas de la UMF Aragón y del HR 1º. de Octubre del ISSSTE, por lo que la Comisión Nacional solicita al titular del ISSSTE inscribir a la víctima, quejosa víctima y a dos víctimas indirectas más en el Registro Nacional de Víctimas y proceder a la inmediata reparación integral del daño, proporcionando para ello la atención psicológica y tanatológica que requieran.

También, deberá colaborar con la denuncia administrativa que la CNDH presente en contra de las cinco personas servidoras públicas en el Órgano Interno de Control del ISSSTE por no proporcionar una atención médica adecuada a la víctima, así como por las deficiencias en la integración del expediente clínico. Asimismo, deberá coadyuvar en la denuncia de hechos que presente la Comisión Nacional ante la Fiscalía General de la República en contra de las cinco personas integrantes del personal médico por hechos presuntamente constitutivos de delito, relacionados con el extravío de notas médicas y de enfermería del expediente clínico integrado en el Hospital Regional.

Por otra parte, el ISSSTE deberá impartir un curso de capacitación en materia de derechos humanos relacionado con el derecho a la protección a la salud, protocolo médico del tratamiento del sangrado digestivo alto, así como la observancia y contenido de la Norma Oficial Mexicana del Expediente Clínico, dirigido al personal directivo y médico del área de Medicina Familiar de la CMF Aragón, así como de los Servicios de Urgencias y Cirugía General del HR 1º. de Octubre, al que deberán asistir las cinco personas señaladas en la presente Recomendación. Finalmente, la dirección general del Instituto deberá realizar acciones preventivas y correctivas a efecto de garantizar que el Hospital Regional cuente con los medicamentos que permita a los pacientes recibir quimioterapia paliativa, conforme al Catálogo Institucional de Insumos para la Salud.

La Recomendación 57/2023 ya fue notificada a su destinatario y puede consultarse en la página web cndh.org.mx.