Ciudad de México, México.– El Congreso capitalino, como parte del Congreso Constituyente Permanente, aprobó dos minutas remitidas por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, mediante las cuales se reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Carta Magna, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público; y por la que se modifican los artículos 55 y 91, en materia de edad mínima para ocupar un cargo público.
Al razonar su voto, la diputada Gabriela Quiroga Anguiano (PRD) resaltó que el Congreso local hace historia de frente al próximo proceso electoral, para que ningún violentador ocupe espacios como candidato, “la reforma constitucional Tres de Tres contra la violencia, tienen la finalidad de que ninguna persona agresora sexual, deudora de pensión alimenticia o que haya incurrido en violencia familiar, pueda tener un empleo como funcionario público o un cargo de elección popular en ninguno de los tres órdenes de gobierno”.
Por su parte, la diputada Martha Soledad Avila Ventura (MORENA), dijo que este decreto tiene como propósito abonar en la lucha contra la violencia de género, “como una medida de sanción y prevención de los abusos en perjuicio de nosotras las mujeres”. Expresó que esta aprobación en los niveles federal y local resulta urgente por el panorama en que se encuentran las mujeres, a meses que iniciar el proceso electoral de 2024.
A su vez, la diputada Ana Francis López Bayghen Patiño (MORENA) aseguró que el camino para esta reforma ha sido largo; sin embargo, “hoy, por fin, estamos atacando el problema de manera estructural, vamos a dejar de normalizar que violentadores asuman el control de espacios de toma de decisión”.
La legisladora Ana Jocelyn Villagrán Villasana (PAN) pidió un aplauso para las integrantes de los colectivos que impulsaron “esta reforma histórica, que va más allá de los partidos políticos”, y donde se coadyuva a atacar la problemática que enfrentan las mujeres en el país, pero en especial en la ciudad, en este sentido, se refirió a datos del INEGI que indican que en 2022 las llamadas de emergencia realizadas por mujeres agredidas se ubicó en la primera posición, con un registro de 287 mil 089.
La congresista Tania Nanette Larios Pérez (PRI) reconoció a las mujeres y colectivos que han impulsado esta propuesta, que impide que los violentadores accedan a espacios de representación. “Nos falta mucho por hacer, pero vamos por el camino correcto, tendremos un país que proteja a las mujeres y niñas frente a las violencias; ningún agresor más estará en el poder”.
En votación nominal, la minuta al proyecto de decreto fue aprobada por unanimidad, con 51 votos a favor de las y los legisladores capitalinos.
Mediante la primera minuta aprobada, se establece en el artículo 38 que se suspenderá el derecho a ocupar un cargo público por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal; o por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión.
Asimismo, por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar; violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual, por violencia política contra las mujeres en razón de género en cualquiera de sus modalidades y tipos; o por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
En todos supuestos señalados, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo cargo o comisión en el servicio público.
Asimismo, a través de la modificación del artículo 102, se indica que para que una persona pueda ser titular de la Fiscalía General de la República, se requiere ser ciudadana mexicana por nacimiento, en ejercicio de sus derechos; tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación; contar con antigüedad mínima de 10 años; con título profesional de licenciatura en Derecho; gozar de buena reputación y no haber sido condenada por la comisión de delito doloso.
Se aprobó minuta que reforma los artículos 55 y 91 de la Constitución federal
Las personas legisladoras aprobaron la minuta que establece la edad mínima de 18 años cumplidos al día de la elección para ser diputado; y para ser secretario de Estado se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos, y tener 25 años cumplidos.
Esta segunda minuta al proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 55 y 91 fue aprobada con 50 votos a favor, dos en contra y cero abstenciones de las personas legisladoras del Congreso de la Ciudad de México.
Al iniciar el razonamiento del voto, la congresista Maxta Iraís González Carrillo (PRI) afirmó que la minuta a través de la que se establece la edad mínima para ocupar un cargo público, es en beneficio de las juventudes que históricamente han estado relegadas, “capacidad y experiencia no están peleados con la edad”.
El diputado Christian Moctezuma González (MORENA) expuso que esta modificación está sustentada en la congruencia, porque la mayoría de edad, desde hace mucho tiempo, es de 18 años “y es justo y necesario que las y los jóvenes mexicanos tengan la posibilidad de representar a los más jóvenes en la Cámara de Diputados y en Congresos” del país. Afirmó que “ser jóvenes no es sinónimo de incapacidad”, y consideró que 25 años para desempeñar cargos de responsabilidad abona a tener una nación con nuevas visiones y sin discriminación.