Ciudad de México, México.— Por lo menos a cuatro servidores públicos del ISSSTE, a cargo de Pedro Mario Zenteno Santaella, se les responsabiliza de violar los derechos humanos seguridad social, a la legalidad y a la seguridad jurídica de un trabajador del Instituto, por lo que Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 10/2023 a Zenteno.
De acuerdo a la CNDH dirigió la Recomendación 10/2023 al titular del ISSSTE por esas transgresiones atribuibles a cuando menos cuatro personas servidoras públicas adscritas a la Subdelegación de Prestaciones de la Delegación Estatal de Sonora, por demorar sin causa justificada, el otorgamiento definitivo del dictamen que certifique las lesiones orgánicas producidas con motivo del trabajo por incapacidad total o parcial (Formato RT-09), con el que la víctima podría concluir el trámite de su pensión por riesgos de trabajo por incapacidad parcial o total.
La queja fue presentada por la víctima en junio de 2022 y en ella señala que es trabajadora del ISSSTE con una antigüedad, hasta ese momento, de más de 29 años, y considera que se están violentando sus derechos al no obtener las prestaciones que le corresponden, ya que desde el año 2011 inició un proceso de riesgo de trabajo por enfermedad profesional de origen infectocontagioso a nivel pulmonar. La víctima detalla que el formato le fue concedido inicialmente, pero que el 24 de septiembre de 2014 fue revocado, y agrega que, por diagnósticos de fibrosis pulmonar y enfermedad pulmonar obstructiva, ese mismo año se le detectó daño de la función pulmonar, mismo que fue confirmado en 2016 junto con la presencia de hongos dentro de sus pulmones.
La CNDH solicitó información al ISSSTE sobre las acciones tomadas para la atención del asunto y encontró evidencias suficientes para determinar falta de comunicación y disposición, así como omisiones de las personas servidoras públicas del ISSSTE encargadas de atender el caso. Asimismo, documentó que desde 2011 le han sido expedidos a la derechohabiente cinco Formatos RT-09, mismos que se han basado en valoraciones parciales o erróneas y diagnósticos médicos inadecuados, por lo que le han resultado desfavorables.
Este Organismo Autónomo concluyó que se transgredió el derecho humano a la seguridad social, al considerar que las autoridades encargadas del trámite no lo han podido llevar a cabo de una manera correcta, y se advierte dilación en brindarle una adecuada atención, lo cual, de haberse realizado, le habría permitido a la víctima acceder a su pensión en los términos que establece la reglamentación aplicable.
Por estos hechos, la CNDH solicita al director general del ISSSTE que se lleven a cabo, de inmediato y con prioridad, las acciones necesarias para que, sin mayor dilación, le sea otorgado a la víctima un nuevo Formato RT-09, brindándole todas las facilidades y apoyo que requiera, tomando en consideración su estado de salud. Además, se deberá analizar el caso y determinar sobre la factibilidad de que le sean restituidos a la víctima los salarios que dejó de percibir, derivado del exceso de licencias médicas que se le otorgaron por la dilación en el otorgamiento del Formato RT-09.
El ISSSTE deberá otorgar atención médica, y en su caso psicológica, que requiera la víctima por las violaciones a derechos humanos que dieron origen a la presente Recomendación, las cuales deberán brindarse por personal profesional especializado y de forma continua. De igual forma, se deberá colaborar ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa ante el Órgano Interno de Control que la CNDH presentará en contra de las personas servidoras públicas señaladas como responsables, a fin de que se inicie el procedimiento que corresponda, se realice la investigación y se emitan las resoluciones que conforme a derecho procedan.
La Recomendación 10/2023 ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página web cndh.org.mx
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