Ciudad de México, México.– La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la solicitud de dos medidas cautelares. En la primera, se solicitó retirar publicaciones en redes sociales y en un medio de comunicación impreso de un evento que organizó el Partido Acción Nacional (PAN) en junio de 2022; mientras que, en el segundo caso, se requirió el cese de la publicidad y evitar todo tipo de contratación o difusión de funcionarios del Ayuntamiento de Baja California Sur a favor de la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum, con miras al próximo Proceso Electoral Federal.
Improcedente retirar publicaciones de Santiago Creel y Kenia López Rabadán en redes sociales y medios digitales
Improcedente la solicitud de medidas cautelares de un ciudadano en contra de Santiago Creel Miranda, Diputado Federal y Kenia López Rabadán, Senadora de la República, por presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña, uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, derivado de diversas declaraciones, entrevistas, publicaciones en redes sociales y en un medio de comunicación impreso realizadas durante una conferencia denominada “Situación Política del País, con miras al 2024”, celebrada en el recinto “Expo Guadalajara” el 29 de junio de 2022.
La Comisión consideró que no procede el retiro de las publicaciones en YouTube, Twitter y Facebook, pues de un análisis preliminar, no se advierte la urgencia o peligro en la demora, ya que será hasta el mes de septiembre de 2023 que dará inicio el Proceso Electoral Federal 2024 y para su consulta debe existir la voluntad de las personas que busquen conocer los contenidos; además, respecto de la publicidad pagada, ya concluyó su difusión.
En cuanto a las publicaciones realizadas en medios digitales, la Comisión también resolvió que no proceden las medidas cautelares ya que, aparentemente es una actividad que forma parte del quehacer periodístico amparado bajo la libertad de expresión.
El órgano colegiado también negó la tutela preventiva solicitada, al considerar que se trata de hechos futuros de realización incierta, pues no se tiene constancia de que se llevará a cabo algún otro de características similares.
Finalmente, respecto del uso indebido de recursos públicos, es un tema que resolverá en el fondo del asunto la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Por tratarse de actos consumados, no procede la medida cautelar en contra de funcionarios del Ayuntamiento de Comondú, Baja California Sur
El colegiado no otorgó las medidas cautelares solicitadas por el PAN en contra de Humberto Arce Cordero, Secretario General del Ayuntamiento de Comondú, Rogelio Alfonso Martínez Mayoral, Síndico Municipal del Ayuntamiento de La Paz, en Baja California Sur y del partido Morena, derivado de un evento celebrado el 8 de diciembre de 2022 en el Hotel Marea, ubicado en La Paz, Baja California Sur, al que asistieron los funcionarios con el fin de realizar expresiones de apoyo hacia la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, al cual ella no asistió.
También declaró la improcedencia respecto de la medida cautelar, en su vertiente de tutela preventiva, en la que solicitó el cese del evento y se ordene a los denunciados se abstengan de realizar por sí o a través de terceras personas todo tipo de contratación o difusión que pretenda influir en el ánimo de la ciudadanía, ya que no se está en presencia de actos posiblemente ilegales que tengan altas probabilidades de repetirse en el futuro.
Los proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, de la Consejera Carla Humphrey, quien integró la Comisión para cubrir la ausencia de la Consejera Claudia Zavala, que se encontraba en el desempeño de una comisión oficial, y del Consejero Ciro Murayama.