SCJN niega que Edomex cobre doble impuesto en diversiones, juegos y espectáculos públicos

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Ciudad de México, México.— El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó que el estado de México cobre por el impuestos local sobre diversiones, juegos y espectáculos públicos doble tributación, pues, explicó, “no grava el Impuestos al Valor Agregado”. En su sesión de hoy, el máximo tribunal, al resolver tres juicios sobre cumplimiento de los convenios de coordinación fiscal promovidos por el Poder Ejecutivo del Estado de México, invalidó las resoluciones del Servicio de Administración Tributaria –dictadas en recursos de inconformidad interpuestos por diversos contribuyentes–, donde se determinó que dicha entidad federativa hizo el cobro de un impuesto sobre diversiones, juegos y espectáculos públicos, lo que implicó una doble tributación.

Así, el Pleno reiteró su criterio en el sentido de que dicho impuesto local no grava el mismo objeto que el Impuesto al Valor Agregado, de manera que no existe una doble tributación que contravenga el Convenio de Coordinación Fiscal.

La SCJN resolvió el juicio sobre cumplimiento de los convenios de coordinación fiscal 4/2019, promovido por el Poder Ejecutivo del Estado de México en contra de la resolución contenida en el oficio 600-03-06-2019-(98)-15123, de 22 de mayo de 2019, emitida por la Administración de lo Contencioso “6”, de la Administración Central de lo Contencioso, adscrita a la Administración General Jurídica del Servicio de Administración Tributaria, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante la cual resolvió el recurso de inconformidad número 049/2018. Ponente: Ministro Luis María Aguilar Morales. Secretarios: Luis Alberto Trejo Osornio y Clayde A. Saldívar Alonso.

Además, el juicio sobre cumplimiento de los convenios de coordinación fiscal 5/2019, promovido por el Poder Ejecutivo del Estado de México en contra de la resolución contenida en el oficio 600-03-06-2019-(98)-15126, de 22 de mayo de 2019, emitida por la Administración de lo Contencioso “6”, de la Administración Central de lo Contencioso, adscrita a la Administración General Jurídica del Servicio de Administración Tributaria, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante la cual resolvió el recurso de inconformidad número 043/2018. Ponente: Ministro Luis María Aguilar Morales. Secretarios: Luis Alberto Trejo Osornio y Clayde A. Saldívar Alonso.

Un juicio más sobre cumplimiento de los convenios de coordinación fiscal 6/2019, promovido por el Poder Ejecutivo del Estado de México en contra de la resolución dictada en el oficio 600-03-06-2019-(48)-15074, de 21 de mayo de 2019, emitida por la Administradora de lo Contencioso “6”, de la Administración Central de lo Contencioso, adscrita a la Administración General Jurídica del Servicio de Administración Tributaria, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante la cual resolvió el recurso de inconformidad número 054/2018. Ponente: Ministro Luis María Aguilar Morales. Secretarios: Luis Alberto Trejo Osornio y Clayde A. Saldívar Alonso.