Rechaza titular de 145 Universidades Benito Juárez recomendación de CNDH para entregar títulos profesionales a tres quejosos

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Ciudad de México, México.— La directora general de la 145 Universidades Benito Juárez de la SEP, Raquel de la Luz Sosa Elízaga rechazó la recomendación 075/2022 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), porque argumenta que todo los que dijeron en su denuncia los quejosos es “mentira”.

Además, Sosa también niega que las tres personas quejosas ingresen a la Comisión de Víctimas, pese a que ha incumplido con entregar los títulos y cédulas correspondientes de titulación.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) hizo llegar la Recomendación 75/2022 a la directora general del Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar “Benito Juárez García” (UBBJG), Raquel de la Luz Sosa Elizaga, con motivo de la afectación a los derechos a la libertad en el ejercicio de la profesión y a la seguridad jurídica, cometidos por al menos tres personas servidoras públicas de esa dependencia, en agravio de tres personas a quienes, sin causa justificada, se les ha postergado la expedición de su título profesional.

Entre marzo de 2020 y febrero de 2021, esta Comisión Nacional recibió tres quejas de personas que pertenecen a la primera generación de estudiantes de la licenciatura en derecho de las UBBJG, sede Cuauhtémoc de la Ciudad de México, en las que señalaron haber cumplido con todos los requisitos para titularse por calificación meritoria, pero que han transcurrido dos años sin haberlo recibido.

Para la integración de los expedientes de queja, este Organismo Autónomo realizó diversas comunicaciones con las autoridades señaladas, sin obtener como respuesta argumentos, fundamentos o motivos precisos, que justificaran la dilación en la expedición de los títulos profesionales requeridos. Se advirtió, además, que las respuestas contenían información incompleta y confusa, por lo que al menos tres personas servidoras públicas incurrieron en omisiones que afectaron y siguen afectando a las víctimas, quienes a la fecha no pueden ejercer la profesión que concluyeron en el 2019.

La CNDH logró documentar que las tres personas afectadas ingresaron en 2016 a la entonces Escuela de Derecho Ponciano Arriaga (EDPA), institución privada de educación superior con reconocimiento de validez oficial; que a partir del mes de julio de 2019, la EDPA se convirtió formalmente en la sede Cuauhtémoc de las UBBJG y que,  con dicho cambio, se ocasionó incertidumbre jurídica en detrimento de los estudiantes, por la entrada en vigor de un nuevo Reglamento Escolar y nuevos procesos de titulación, para las personas que ya habían concluido sus estudios y que evidenciaron cumplir con los requisitos.

Este organismo pudo observar que las autoridades responsables incurrieron en acciones que derivaron en la falta de legalidad y de seguridad jurídica en los procedimientos de titulación, y resultan notorias las constantes omisiones de las autoridades de las UBBJG para proporcionar información que le fue requerida de manera reiterada y por diversos medios formales, por lo que, en el marco de sus atribuciones, esta Comisión Nacional también dio vista al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Educación Pública (SEP), para que realicen las investigaciones y se establezcan las responsabilidades administrativas frente a tales omisiones.

En el estudio de las quejas, la CNDH destaca que, en el caso de una de las tres víctimas, se afectaron además otros derechos atendiendo a su calidad de adulto mayor, específicamente a un trato digno debido a su situación de vulnerabilidad, ya que cuando concluyó sus estudios en la sede Cuauhtémoc contaba con 61 años. Es notoria, también, la negativa del instituto para responder a la aplicación de medidas cautelares, con el fin de que se concluyeran los trámites en favor de las tres víctimas de forma inmediata, solicitadas por esta CNDH en noviembre de 2021. Para la Comisión Nacional, los actos y omisiones de las autoridades señaladas contravienen las obligaciones que les imponen la ley, para actuar con eficiencia y bajo los principios rectores del servicio público.

Frente a tales hechos, la CNDH recomendó a la directora general del Organismo Coordinador de las UBBJG, que se otorgue a las víctimas el acceso a la justicia y a la reparación integral del daño, incluida una compensación justa, y se tramite la inscripción de las víctimas en el Registro Nacional correspondiente, según se establece en la Ley General de Víctimas.

La Comisión Nacional pide, también, que se giren instrucciones para que, en un plazo no mayor a quince días, contados a partir de la aceptación de la Recomendación, se envíen los títulos profesionales de las víctimas, en forma electrónica, a la Dirección General de Profesiones de la SEP, para que puedan ser registrados y concluido el trámite de entrega a sus titulares. Asimismo, solicita colaborar ampliamente con la investigación abierta en su Órgano Interno de Control, por las probables faltas administrativas cometidas, y se pide también que, en un término no mayor a seis meses, se diseñe un protocolo para la titulación de los alumnos provenientes de generaciones anteriores a la entrada en vigor del Reglamento Escolar 2020, además de que se deberá impartir un curso de capacitación obligatorio  sobre el derecho al libre ejercicio de la profesión y a la seguridad jurídica, para las personas servidoras públicas señaladas como responsables.