Inválida SCJN disposiciones en materia de acceso a información de SLP

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SCJN
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Ciudad de México, México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, invalidó las disposiciones de las Leyes de Cuotas y Tarifas para el Servicio Público de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Organismo Operador de los municipios de Ciudad Valles y de Rioverde, ambos del Estado de San Luis Potosí, donde se preveían cuotas por la expedición de copias certificadas, reproducción de documentos, copias simples, información entregada en CD y memoria electrónica USB, copia de actas de la Junta de Gobierno, por búsqueda en archivo y constancia de datos.

De acuerdo con su línea de precedentes, el Tribunal Pleno determinó que las disposiciones analizadas resultaban violatorias del principio de gratuidad que rige la materia, pues el legislador local no justificó los costos por la reproducción de información.

La acción de inconstitucionalidad 22/2021, fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de diversas disposiciones de las Leyes de Cuotas y Tarifas para el Servicio Público de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Organismo Operador de los Municipios de Ciudad Valles y de Rioverde, ambas del Estado de San Luis Potosí, para el ejercicio fiscal de 2021, publicadas en el Periódico Oficial de esa entidad de 28 de diciembre de 2020, mediante Decretos 0969 y 0974, respectivamente.