Ciudad de México, México.– En la LXIV Legislatura, la Cámara de Diputados aprobó diversas reformas a su marco jurídico para regular el trámite de los asuntos que pasan de una Legislatura a otra, a fin de que sean procesados en los términos reglamentarios, así como para garantizar la proporción entre la conformación del Pleno y las comisiones.
Asuntos que pasan de una legislatura a otra
El 20 de abril de este año se aprobó adicionar al Reglamento de la Cámara de Diputados un título décimo denominado “De los asuntos que pasan de una legislatura a otra”, que comprende los Capítulos I “De las iniciativas y minutas” y Capítulo II “De los dictámenes en poder de la Mesa Directiva”. La reforma se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de abril de 2021.
Estableció que las iniciativas cuyo plazo para ser dictaminadas y/o resueltas haya vencido y que no fueron procesadas durante la legislatura saliente, quedarán bajo resguardo de la Secretaría de Servicios Parlamentarios hasta el término del Primer Periodo Ordinario del Segundo Año de Ejercicio de la Legislatura entrante.
La Secretaría de Servicios Parlamentarios, al finalizar la Legislatura saliente, publicará el listado respectivo en la Gaceta, así como en un micrositio de la Cámara de Diputados.
La diputada o diputado electo para un periodo consecutivo que haya sido iniciante en la Legislatura anterior, los grupos parlamentarios a través de su coordinador o coordinadora, o la junta directiva de las comisiones ordinarias en ejercicio, podrán solicitar a la presidencia de la Mesa Directiva que se turne una o varias de las iniciativas que se encuentren en el listado referido. Estas iniciativas serán turnadas a las comisiones correspondientes y serán procesadas en los términos reglamentarios.
Las iniciativas que no fuesen solicitadas para ser turnadas a la o las comisiones correspondientes durante el Primer Periodo Ordinario del Segundo Año de Ejercicio de la Legislatura entrante, se tendrán por desechadas y se archivarán como asuntos total y definitivamente concluidos.
Las minutas, cuyo plazo para ser dictaminadas y/o resueltas haya vencido, que no fueron procesadas durante la Legislatura y que tengan una antigüedad mayor a dos legislaturas, se integrarán en un listado elaborado por la Mesa Directiva que será hecho del conocimiento del Pleno de la Cámara y comunicado a la colegisladora para recabar su acuerdo respecto a su desahogo en términos de lo dispuesto por el artículo 72 constitucional.
La Secretaría de Servicios Parlamentarios, al finalizar la Legislatura, elaborará un listado con las iniciativas y minutas que no hayan sido dictaminadas y/o resueltas y cuyo plazo continúe vigente, el cual será remitido a la Mesa Directiva de la Legislatura entrante para su publicación en la Gaceta.
Las iniciativas y minutas que no hayan sido dictaminadas y/o resueltas y cuyo plazo continúe vigente que sean recibidas por la Legislatura entrante, serán turnadas a las comisiones correspondientes una vez que hayan sido instaladas para efecto de que sean procesadas en los términos reglamentarios.
Los dictámenes de iniciativas, minutas y puntos de acuerdo que se encuentren en poder de la Mesa Directiva serán devueltos a las comisiones correspondientes en calidad de proyectos, las cuales deberán elaborar un acuerdo dentro del primer mes de sus trabajos a partir de su instalación donde señalen qué proyectos serán desechados y cuáles serán procesados para su nueva discusión.
En caso de que un proyecto de dictamen corresponda a comisiones unidas, la comisión que encabeza el turno será la encargada de realizar el acuerdo señalado en el numeral anterior.
Garantizar proporción entre la conformación del Pleno y las comisiones
El 27 de septiembre de 2018 modificó los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para reducir a 46 el número de comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados y formarlas con el número necesario de integrantes para garantizar la proporción entre la conformación del Pleno y las comisiones. Se publicó en el DOF el 4 de octubre de 2018.
A su vez, el 29 de abril de 2019 reformó el artículo 104 de la misma Ley Orgánica, a fin de establecer que se podrá incrementar el número de miembros de las comisiones ordinarias, siempre que haya acuerdo de la mayoría de los integrantes de la Junta de Coordinación Política y sea aprobado por el Pleno. El DOF lo publicó el 8 de mayo de 2019.
Reglamento de las Medallas Otorgadas
El 14 de diciembre de 2020 aprobó el Decreto que expide el Reglamento de las Medallas Otorgadas por la Cámara de Diputados; y reformó los decretos de creación de las medallas al mérito cívico Eduardo Neri, Legisladores de 1913, de honor Gilberto Rincón Gallardo y Sor Juana Inés de la Cruz. Se publicaron el 22 de diciembre de ese año en el DOF.
Medalla “Francisco Toledo”
El 14 de diciembre de 2020 se reformó el artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a fin de otorgar anualmente la Medalla “Francisco Toledo”, para reconocer y premiar al artista comprometido socialmente, que haya contribuido con su obra o acciones en la formación, defensa, conservación, rescate y difusión del patrimonio natural, cultural y artístico de México. Lo publicó el DOF el 22 de diciembre de 2020.