Ciudad de México, México.– La Cámara de Diputados en la LXIV Legislatura realizó diversas modificaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, las cuales ya entraron en vigor luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para actualizar el marco jurídico en la materia.
Delegaciones de Programas para el Desarrollo
El 13 de noviembre de 2018 aprobó reformas a diversos artículos de esa ley, publicadas en el DOF el 30 de noviembre del mismo año, que permitieron al Ejecutivo Federal contar en las entidades federativas con Delegaciones de Programas para el Desarrollo, las cuales tienen a su cargo la coordinación e implementación de planes y acciones para el desarrollo integral, así como la supervisión de los programas que ejercen algún beneficio directo a la población.
Las Delegaciones están bajo la Coordinación General de Programas para el Desarrollo, adscrita jerárquicamente a la Presidencia de la República; dependen de la Secretaría de Bienestar y sus titulares son designados por el titular de ésta a propuesta de la Coordinación General de Programas para el Desarrollo.
Esta misma reforma permitió que la función del consejero Jurídico, prevista en el artículo 90 constitucional, esté a cargo de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Estableció que al frente habrá un consejero que dependerá directamente del Presidente de la República, quien podrá nombrarlo y removerlo libremente.
Juicios o procedimientos litigiosos
Además modificó, el 28 de febrero de 2019, el artículo 43 de la misma Ley Orgánica para que, en el caso de los juicios y procedimientos, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal determine la dependencia en la que recaerá la representación para la defensa de la Federación. Su publicación en el DOF fue el 12 de abril de 2019.
El Presidente puede constituir comisiones consultivas
Reformó el artículo 21 de la misma ley, el 13 de noviembre de 2018, con lo cual el Presidente de la República puede constituir comisiones intersecretariales, consultivas y presidenciales a través de decretos, para el mejor despacho de los asuntos a su cargo. Se publicó en el DOF el 30 de noviembre de 2018.
Que Sedena realice acuerdos con instituciones ambientales
El 10 de octubre de 2019 se reformó el artículo 29 de la citada Ley para que la Secretaría de la Defensa Nacional establezca acuerdos con las instituciones ambientales, para capacitar a los integrantes del servicio militar en actividades tendientes a proteger el medio ambiente. Se publicó en el DOF el 11 de enero de 2021.
Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado
El 22 de enero de 2020 se publicaron en el DOF reformas para sustituir las referencias al Instituto de Administración de Bienes y Activos, y al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, por el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado.
Los cambios fueron a las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, y Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como al artículo séptimo transitorio del decreto que expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio, reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, de las leyes Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, de Concursos Mercantiles y Orgánica de la Administración Pública Federal. Se aprobó el 15 de octubre de 2019.
Trasladan funciones de la SCT a la Secretaría de Marina
Modificó las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio Marítimos, y de Puertos, para ejercer la Autoridad Marítima en las zonas marinas mexicanas, en las costas, puertos, recintos portuarios, terminales e instalaciones portuarias nacionales, en las aguas nacionales donde se realicen actividades de prevención de contaminación marítima, protección marítima y portuaria en los términos que fijan los tratados internacionales.
Además, regular las comunicaciones y transportes por agua, dirigir la educación naval militar y náutica mercante, promover y organizar la marina mercante, construir y reconstruir las obras portuarias que requiera la Armada y la Secretaría de Marina, formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo de las comunicaciones y transportes terrestres y aéreo, fijar las normas de funcionamiento y operación de los servicios públicos de comunicaciones y transportes aéreos y terrestres y las tarifas para su cobro. Se aprobó el 1 de octubre de 2020 y se publicó en el DOF el 7 de diciembre de 2020.
Obras para el desarrollo regional y urbano
El 26 de abril de 2019 reformó los artículos 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 8 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, para señalar que a la Sedatu corresponde la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional urbano, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales y la participación de los sectores social y privado. Se publicó el 14 de mayo de 2019.