Echa SCJN abajo reforma constitucional del estado de Guerrero por falta de consulta previa en materia indígena

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Ciudad de México, México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, declaró la invalidez del Decreto número 756 por el que se reformó el artículo 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero en Materia de Derechos y Cultura Indígena.

El Pleno reiteró su criterio en el sentido de que cuando las normas impugnadas incidan directamente en los intereses de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, existe la obligación de consultar a dichos grupos de manera previa a la expedición de las disposiciones, de conformidad con los artículos 2° de la Constitución General y 6 del Convenio 169 de la OIT.

El precepto reformado mediante el Decreto impugnado preveía, esencialmente, que la ley establecería las bases para la delimitación de competencias en las materias de seguridad pública e impartición de justicia entre los sistemas normativos indígenas y el sistema jurídico estatal, para que los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de la entidad aplicaran sus propios sistemas.

Al respecto, el Pleno estimó que el Decreto impugnado era susceptible de afectar a dichos pueblos y comunidades, por lo que existía la obligación de realizar la consulta; asimismo, señaló que los foros regionales organizados por las autoridades estatales no constituyeron una consulta válida de acuerdo con los estándares establecidos por la SCJN.

Por último, siguiendo los precedentes, el Pleno determinó que la declaratoria de invalidez surtirá efectos dentro de los dieciocho meses siguientes a que se notifiquen los puntos resolutivos al Congreso local, quedando vinculado para que en dicho plazo lleve a cabo la consulta y emita la legislación correspondiente.

La acción de inconstitucionalidad 78/2018, fue promovida por diversos diputados de la Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso del Estado de Guerrero, demandando la invalidez del Decreto número 756 por el que se reforma el artículo 14 de la Constitución Política del mencionado Estado en Materia de Derechos y Cultura Indígena, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 21 de agosto de 2018.