SCJN inválida reforma al reglamento del Congreso morelense por violar procedimiento legislativo

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SCJN
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Ciudad de México, México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, invalidó la totalidad del Decreto 646, publicado el 12 de febrero de 2020, por medio del cual se reformó el artículo 135 del Reglamento para el Congreso del Estado de Morelos, al considerar que se cometieron violaciones en el procedimiento legislativo.

En efecto, una mayoría de Ministras y Ministros consideraron que la reforma fue aprobada sin haberse alcanzado la mayoría calificada que exige la Constitución local. En segundo término, determinaron que no se respetaron las garantías que protegen la calidad deliberativa del órgano legislativo, en atención a que el dictamen no fue dado a conocer con la anticipación que marca la ley a todos los diputados y diputadas. Finalmente, concluyeron que no se ofrecieron argumentos para justificar la dispensa de trámites.

Las acciones de inconstitucionalidad 121/2020 y su acumulada 125/2020, fueron promovidas por diputadas integrantes del Congreso del Estado de Morelos y la Comisión de Derechos Humanos del mencionado Estado, demandando la invalidez del artículo 135 del Reglamento para el Congreso de Estado de Morelos, reformado mediante Decreto 646, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 12 de febrero de 2020.