Ciudad de México, México.– La Jefatura de Gobierno publicó hoy el decreto emitido por Congreso local, en el que se expide la Ley para la Atención, Visibilización e Inclusión Social de las Personas con la Condición del Espectro Autista de la Ciudad de México. Esta Ley tiene por objeto reconocer, promover y asegurar de manera progresiva el ejercicio efectivo de los derechos de las personas que viven con la Condición del Espectro Autista, en igualdad de condiciones con las demás.Se constituye la Comisión Interinstitucional como una instancia de carácter permanente del Gobierno de la Ciudad, a través de la Secretaría de Salud (SEDESA). Tendrá por objeto proponer acciones de políticas públicas y programas en materia de atención a las personas con la Condición del Espectro Autista, las cuales deberán llevarse a cabo de manera eficaz y adecuada.
Los acuerdos adoptados por la Comisión serán obligatorios y deberán establecer de manera responsable el tiempo dentro del cual se ejecutarán, por lo que las autoridades competentes, deberán realizar las acciones necesarias de manera progresiva a fin de lograr los objetivos que persigue esta Ley.
La Comisión se integrará con los titulares o personas representantes de dirección general u homólogo de las siguientes dependencias de la Administración Pública de la Ciudad:
SEDESA, cuyo titular presidirá la Comisión
Secretaría de Gobierno
Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación
Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo
Secretaría de Inclusión y Bienestar Social
Secretaría de Administración y Finanzas
Secretaría de la Contraloría General
Secretaría de Seguridad Ciudadana
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad
Instituto de la Juventud
Instituto de las Personas con Discapacidad de la Ciudad
Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad
Fiscalía General de Justicia
Cuatro personas representantes de distintas Asociaciones Civiles u Organizaciones no Gubernamentales de la Ciudad, legalmente constituidas que destinen su objeto social al tema de las personas que viven con la Condición del Espectro Autista.
La representación deberá estar en función al principio de paridad de género.
Las Delegaciones del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores al Servicio del Estado, el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Salud para el Bienestar, serán invitados permanentes de la Comisión.
La participación de las y los integrantes, invitadas e invitados a la Comisión será de carácter honorífico.
La Comisión se reunirá cuando menos tres veces al año y las sesiones serán de carácter público.
Para apoyar a los trabajos que se desarrollen, la Comisión contará con una Secretaría Técnica, cuya persona titular será designada por la presidencia de la Comisión Interinstitucional.
La Comisión Interinstitucional deberá instalarse, sesionar y expedir su reglamento dentro de los 120 días naturales, a partir de mañana que entra en vigor de esta Ley.
Las sesiones de la Comisión Interinstitucional y reuniones de trabajo, se llevarán a cabo en los espacios disponibles con los que cuente SEDESA, lo que no supondrá una erogación adicional de recursos a los ya establecidos en el presupuesto anual de SEDESA.
Para más información consultar la Gaceta Oficial en el siguiente enlace: https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas