Ciudad de México, México.– La secretaría de Gobierno, en conjunto con la Comisión de Derechos Humanos (CDH) de la Ciudad de México y la Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), presentaron el “Acuerdo para la Actuación Policial en la Prevención de Violencias y Actos que transgreden el ejercicio de Derechos durante la Atención a Manifestaciones y Reuniones de la Ciudad de México”, que tiene el propósito de salvaguardar la integridad de las personas participantes y terceros, prevenir actos violentos, posibles delitos y abusos de autoridad.El secretario de Gobierno, José Alfonso Suárez del Real y Aguilera, resaltó que el Acuerdo para la Actuación Policial se desarrolló con estricto apego a los Derechos Humanos establecido en la Constitución Política de la Ciudad de México, para garantizar la libre manifestación de manera pacífica en el contexto de manifestaciones y reuniones.
“La Constitución de la Ciudad entró en vigor pleno a partir de la Toma de Protesta de nuestra Jefa de Gobierno (…) los Derechos Humanos son la guía, son el eje fundamental, son los principios rectores que nos llevan a contemplar la conjunción de esfuerzos, a efecto de poder hacer realidad en las situaciones cotidianas y en las situaciones complejas, los respetos plenos a los Derechos Humanos de habitantes y visitantes de esta Ciudad de México”, expresó.
Suárez del Real y Aguilera comentó que en el desarrollo del Acuerdo también participaron la Secretaría de Seguridad Ciudadana; el Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social (FLEPS); la Comisión de Seguridad Ciudadana del Congreso capitalino; y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) de las Naciones Unidas.
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, Nashieli Ramírez Hernández, indicó que en el Acuerdo se establece que el personal policial no podrá ser sancionado por negarse a cumplir con una orden inconstitucional y notoriamente violatoria de Derechos Humanos; reitera la tolerancia cero a cualquier acto de brutalidad policial; y señala la obligación de que la Policía reciba la capacitación correspondiente para intervenir en contexto de protesta social así como el uso legítimo y proporcional de la fuerza.
“Cuando la Policía se dirige a niñas, niños y adolescentes debe garantizar la protección reforzada; al dirigirse a las personas con discapacidad debe conocer medidas de accesibilidad, la posibilidad de brindar ajustes razonables y sobre todo, los mecanismos de apoyo para la toma de decisiones. La Policía debe comprender lo que ha llevado a que el derecho internacional de los Derechos Humanos desarrolle todo apartado de derechos a las mujeres, así como ser sensible a las causas de discriminación estructural hacia personas indígenas y afrodescendientes, de la diversidad sexual y de género, entre otras”, apuntó.
Resaltó que el Acuerdo presentado está armonizado con la Ley Nacional del Uso de la Fuerza; también complementa la regulación en el contexto de manifestaciones o reuniones establecida en el Protocolo de Actuación Policial de la SSC para la Protección de Personas; Protocolo de Actuación de la Secretaría de Gobierno; y Acuerdo por el que se Establecen Mecanismos de Coordinación entre autoridades que Intervienen en la Atención de Bloqueos de Vialidades Primarias. Asimismo, considera el contenido de las recomendaciones 7/2013, 9/2015, 10/2015, 11/2015, 16/2015, 17/2015 y 11/2016 emitidas por la misma CDH local.
El subsecretario de Participación Ciudadana y Prevención del Delito de la SSC, Pablo Vázquez Camacho, explicó que el documento tiene tres elementos fundamentales: prevención y planificación previa a la manifestación para implementar acciones en conjunto con organizaciones y sociedad; capacitación, formación y especialización de policías capitalinos para implementar medidas efectivas; y la transparencia y rendición de cuentas en el actuar policial.
“Lo que este acuerdo trae es la armonización con distintas disposiciones de derecho internacional que marcan y ponen énfasis en la rendición de cuentas, por parte de los cuerpos policiales. Así lo haremos, dando un rol fundamental a la Dirección General de Asuntos Internos, documentando lo que sucede en las marchas, a través de nuestros programas de testigos supervisores de Derechos Humanos y con la elaboración de informes puntuales y de respuestas detalladas de todo lo que acontezca”, dijo.
El subsecretario de Gobierno, Félix Arturo Medina Padilla, indicó que en el Acuerdo se privilegian estrategias para la comunicación y diálogo; protección de la labor periodística; transparencia y rendiciones de cuentas; así como derechos y responsabilidades del personal policial que serán revisados y evaluados para garantizar que se apeguen a los estándares nacionales e internacionales.
“Las acciones que se prevean en el cumplimiento de este Acuerdo protegen la labor periodística y la observancia de los derechos humanos de quienes participan, acompañan o cubren el evento (representantes de los medios de comunicación). Entonces, a través de los instrumentos legales, el Gobierno también establece en este instrumento cómo garantizar ese derecho de los informadores a realizar su labor”, expresó.
Señaló que, para prevenir cualquier daño a personas, este instrumento también establece un mecanismo que tiene que ver con la entrega de objetos que puedan usarse para afectar, sobre todo a bienes y no a personas.
En caso de que no haya disposición de realizar la entrega, se tendrá que hacer una evaluación entre el personal de la Secretaría de Gobierno y SSC para retener estos objetos o encauzar a quienes los tienen para que no afecten la movilización.
El “Acuerdo para la Actuación Policial en la Prevención de Violencias y Actos que transgreden el ejercicio de Derechos durante la Atención a Manifestaciones y Reuniones de la Ciudad de México”, establece lo siguiente:
– Ante cualquier conflicto se recurrirá a medios no violentos con miras a proteger el derecho a la vida y la integridad de todas las personas que ejercen su derecho a la protesta social.
– Se privilegiarán estrategias destinadas a reducir la tensión basándose en la comunicación, la negociación y el diálogo, de las cuales es responsable el personal de la Secretaría de Gobierno.
– De acuerdo con los principios de actuación policial contenidos en la Constitución Política de la Ciudad de México, el personal policial tiene que actuar siempre con legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.
– Cuando el personal policial participe en el control de manifestaciones usará casco y escudo como equipo de protección mínimo, nunca armas letales durante las manifestaciones.
– Las acciones que se prevean en el cumplimiento de este Acuerdo, protegen la labor periodística y la observación de los derechos humanos de quienes participan, acompañan o cubren el evento.
– Únicamente se realizará la detención y presentación de personas, en flagrancia de conductas o hechos que la ley señale como delitos.
– En el caso de identificar que alguna persona manifestante porte o exhiba un objeto que pueda causar lesiones a terceros se le conducirá a una zona de menor riesgo para establecer un diálogo y, mediante persuasión, lograr que entregue dicho objeto, sin impedirle continuar en la protesta.
– En caso de requerir auxiliar a cualquier persona durante el desarrollo del evento, el personal policial deberá mantener comunicación y coordinación constante con el C2, C5, Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas (ERUM) y Protección Civil, con la finalidad de solicitar los servicios de apoyo necesarios por las frecuencias operativas de la base.
– El presente Acuerdo asegura el derecho de toda persona para acceder a la información pública, por lo que complementa y amplía la garantía de derechos en la materia.
– Todo el personal policial que participe en las manifestaciones debe tener su número de identificación visible en el casco, chaleco y escudo para identificarse.
– La Secretaría de Gobierno puede solicitar a la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México un informe de evaluación de la intervención policial.
– El personal policial tiene derecho a la protección de su vida e integridad personal, al respeto a su dignidad como seres humanos y a su autoridad por parte de sus mandos y de la ciudadanía.
– Siempre que algún elemento policial haga uso de la fuerza, deberá presentar ante su mando inmediato superior, un informe puntual y detallado con la finalidad de documentar y evaluar el comportamiento policial.
– Toda irregularidad o abuso será sancionado conforme a las leyes aplicables en la materia.
El “Acuerdo para la Actuación Policial en la Prevención de Violencias y Actos que transgreden el ejercicio de Derechos durante la Atención a Manifestaciones y Reuniones de la Ciudad de México”, se rige bajo el Artículo 7 de la Constitución Política capitalina que establece como un derecho social y colectivo la libre manifestación, que debe ejercerse de manera pacífica sin afectar el derecho de terceros.