Ciudad de México, México.— Las leyes de Importación y Exportación y protección a la propiedad industrial fueron aprobadas casi en fast track por una mayoría en el Senado de la República durante su periodo extraordinario en el que armonizarán el marco jurídico por la entrada en vigor del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) el próximo 1° de julio.
La primera norma se envió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales y la segunda se fue a la Cámara de Diputados para que sea analizado y, en su caso, aprobada.
El Pleno del Senado de la República aprobó con 95 votos a favor, dos en contra y una abstención, la propuesta por la que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, además se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Aduanera.
La ley aprobada forma parte del paquete de iniciativas para lograr la armonización al marco jurídico ante la entrada en vigor del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el próximo 1° de julio.
El documento asegura que la Ley propuesta, es el instrumento más importante de comercio exterior en el país cumpliendo con dos objetivos simultáneamente: establecer las tasas de los aranceles a la importación y a la exportación de mercancías en nuestro país; y crear una base de clasificación de las mismas para la generación de estadística de comercio exterior.
La propuesta busca incorporar un esquema que, respetando cabalmente las atribuciones del Congreso de la Unión y del Titular del Ejecutivo Federal en materia de aumento, disminución y supresión de aranceles, faculte a la Secretaría de Economía para publicar los números de las fracciones arancelarias, es decir, el impuesto que debe pagar un producto al ingresar al extranjero, con el objetivo de permitir una identificación más precisa de las mercancías.
Adicionalmente, plantea reformar y adiciona diversos artículos de la Ley Aduanera con el objeto de adicionar números de identificación a las mercancías contenidas en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
De igual forma, pide establecer expresamente los números de identificación, esto con la finalidad de que al estar las mercancías identificadas con mayor detalle de acuerdo con la codificación que le corresponda, permita a esos sujetos y a la propia autoridad aduanera, realizar el seguimiento de su cumplimiento.
El dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos, Segunda, también pretende actualizar y modernizar la Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, para adecuarla a los flujos actuales de comercio internacional.
Con esto, se pretende instrumentar la “Sexta Recomendación de Enmienda a los textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías”, aprobada por el Consejo de Cooperación Aduanero de la Organización Mundial de Aduanas en el 2014.
Dicha recomendación contempla modificaciones para la ampliación de la cobertura en la clasificación de productos pesqueros, productos y equipos de detección anti-malaria, productos cerámicos y avances tecnológicos como la inclusión de lámparas de diodos emisoras de luz LED, entre otros.
Además, en productos de silvicultura, apunta a mejorar la clasificación para especies de madera con el fin de tener un mejor panorama del patrón comercial; en materia de químicos, se generan nuevas subpartidas específicas para productos como plaguicidas y sustancias peligrosas, y el control de otras que son utilizados como precursores.
La Mesa Directiva, presidida por la senadora Mónica Fernández Balboa, remitió el documento al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
También avalaron el proyecto para expedir la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, que actualiza el marco jurídico sobre patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, avisos comerciales o denominaciones de origen, entre otras figuras.
El dictamen, que se avaló con 106 votos a favor y dos en contra, contiene nuevas disposiciones para salvaguardar las invenciones orientadas con un fin comercial o industrial, así como para otorgar mayor certeza a los creadores e incentivar la innovación.
El nuevo ordenamiento busca prevenir los actos que atenten contra la propiedad industrial o que constituyan competencia desleal; establece las sanciones y penas respecto de ellos; fomenta la creatividad para el diseño y la presentación de productos nuevos y útiles, así como la difusión de los conocimientos tecnológicos en el país.
La nueva Ley mantiene la disposición para que una patente tenga una vigencia de 20 años improrrogables, contada a partir de la fecha de presentación reconocida de la solicitud, y sujeta al pago de las tarifas correspondientes a cada anualidad.
Los senadores precisaron que el derecho que confiere a una patente no producirá efecto alguno contra: “Un tercero que use, fabrique, venda, ofrezca en venta o importe al territorio de la Parte un producto amparado por una patente vigente cuando dichos actos se realicen con la finalidad de generar las pruebas, información y producción experimental necesarios para la obtención de registros sanitarios de medicamentos para la salud humana”.
Con ello, explicaron los senadores, se cumple con la llamada “cláusula bolar”, que permitirá realizar los preparativos necesarios para obtener el registro sanitario de un medicamento relacionado con una patente próxima a vencer.
En las consideraciones del dictamen, los legisladores destacaron que el sector farmacéutico es de relevancia por el impacto social, porque sus investigaciones y desarrollo permiten aliviar la salud de las personas.
Así, el análisis de este tema tuvo un particular y especial estudio, a fin de dar cumplimiento a instrumentos internacionales del que nuestro país es parte y mediar entre el necesario interés público y el derecho constitucional a la exclusividad que confiere una patente.
El proyecto también dispone que este organismo pueda determinar la explotación de ciertas patentes, mediante la concesión de licencias de utilidad pública, por causas de emergencia o seguridad nacional.
Lo anterior, incluye las enfermedades graves declaradas de atención prioritaria por el Consejo de Salubridad General, cuando de no hacerlo así se impida, entorpezca o encarezca la producción, prestación o distribución de satisfactores básicos o medicamentos para la población.
El proyecto, que abroga la Ley de la Propiedad Industrial, prohíbe de manera expresa el doble patentamiento de una invención, lo que reduce el margen para las extensiones indebidas de la vigencia de patentes.
Incorpora los productos artesanales como diseños industrial, lo que permitirá que los creadores y diseñadores de los pueblos originarios busquen el desarrollo de productos de mejor calidad para la generación de mayor competencia en mercado nacional e internacional.
También incluye un capítulo para regular los secretos industriales, que se definen como toda información de aplicación industrial o comercial que guarde la persona que ejerce su control legal con carácter confidencial, que signifique la obtención o el mantenimiento de una ventaja competitiva o económica.
Los senadores establecieron las infracciones administrativas para la propiedad industrial, entre las que destacan, actos contrarios que impliquen competencia desleal, que causen o induzcan al público a confusión, error o engaño; que busquen desprestigiar los productos, servicios, actividad industrial o comercial.
Así como hacer parecer como productos patentados aquéllos que no lo estén, fabricación, elaboración, importación, venta, uso, circulación, imitación, almacenamiento de productos sin consentimientos del titular de la patente.
Asimismo, se establecen multas hasta por el importe de 250 mil unidades de medida y actualización, multa adicional hasta por el importe de mil unidades de medida y actualización, por cada día en que persista la infracción, clausura temporal o clausula definitiva, según corresponda la gravedad de la infracción.
En lo particular, la asamblea aceptó una modificación al artículo cinco presentada por la senadora Claudia Ruiz Massieu Salinas, del PRI, a fin de precisar que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio.
También aprobó una reserva del senador Miguel Ángel Mancera Espinosa, para eliminar a la fracción I del artículo 402, que establecía que son delitos “incurrir en más de una ocasión en las conductas previstas en el artículo 386 de esta Ley, una vez que la primera sanción administrativa impuesta por esta razón sea exigible”.
Rechazó la reservas a los artículos uno, dos, cinco, 45, 47, 162, 402, que plantearon los senadores Damián Zepeda Vidales y Minerva Hernández Ramos, del PAN; Beatriz Elena Paredes Rangel y Jorge Alberto Habib Abimerhi, del PRI; y Antares Guadalupe Vázquez Alatorre, de Morena.
Luego de su aprobación en lo particular (con 102 votos a favor y uno en contra), el proyecto de decreto para expedir la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial se remitió a la Cámara de Diputados.