Inválida SCJN normas estatales que regulaban imagen institucional del municipio de Colima

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Ciudad de México, México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, invalidó el Decreto 272 de reforma a la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, donde se establecían facultades y obligaciones del presidente municipal en materia de imagen institucional.

La controversia constitucional fue promovida por el Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Colima, quien alegó que la citada reforma era contraria a su autonomía constitucional, además de que existieron irregularidades durante el procedimiento legislativo.

La SCJN declaró la invalidez de las normas al considerar que efectivamente durante el proceso legislativo se inobservaron las reglas previstas en la legislación local, lo cual impidió el adecuado análisis de la reforma presentada y dificultó su discusión democrática.

La invalidez decretada en esta controversia tendrá efectos únicamente para el municipio de Colima al tratarse de una controversia sostenida entre éste y los poderes ejecutivo y legislativo del Estado.

La controversia constitucional 132/2017, fue promovida por el municipio de Colima, Estado de Colima, en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de dicha entidad, demandando la invalidez del artículo 47, fracción VI, así como las disposiciones transitorias Primera a Tercera, de la Ley del Municipio Libre del mencionado Estado, publicada en el Periódico Oficial local “El Estado de Colima” el 1° de abril de 2017, mediante Decreto 272.