Permanente convoca a diputados periodo extra 23 de mayo para aprobar paridad de género y secundarias de Guardia Nacional

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Ciudad de México, México.– La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que sesiona en la sede del Senado de la República, convocó a la Cámara de Diputados a realizar un segundo periodo extraordinario de sesiones en dos tiempos: el 23 de mayo y el 27 de junio.

El primer día se abordarán, entre otros dictámenes, las minutas del Senado que expiden las leyes secundarias de la Guardia Nacional; y el segundo, el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 del Ejecutivo federal.

Por unanimidad de 34 votos, el Pleno de la Comisión Permanente aprobó el decreto por el que se convoca a la Cámara de Diputados a un segundo periodo extraordinario a partir de mañana jueves 23 de mayo, a las 11:00 horas, y lo turnó al Diario Oficial de la Federación (DOF) para su publicación.

A partir del 23 de mayo, la Cámara de Diputados se ocupará de los siguientes temas:

  1. Minutas del Senado recibidas después de la clausura del segundo periodo ordinario de sesiones, que tuvo lugar el pasado 30 de abril.
  2. Toma de protesta de diputadas y diputados suplentes.
  3. Minuta del Senado que reforma la Constitución Política en materia de paridad de género en los tres poderes de la Unión, en los órganos autónomos y en los gobiernos estatales y municipales.
  4. Minutas del Senado que expiden la Ley de la Guardia Nacional, Ley Nacional sobre Uso de la Fuerza, Ley Nacional del Registro de Detenciones y Ley General de Sistema Nacional de Seguridad Pública.

A partir del 27 de junio, se abordarán:

  1. Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 del Ejecutivo federal.
  2. Minuta del Senado que reforma la Ley Orgánica de Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros (Bansefi), para transformarlo en el Banco del Bienestar.
  3. Minuta del Senado que expide la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana.
  4. Ley en materia de extinción de dominio.
  5. Reformas a diversos artículos a la Ley Federal del Derecho de Autor.

El decreto establece que las sesiones de la Cámara de Diputados serán convocadas por su Presidencia en las fechas que sean oportunas, para dar cumplimiento a dichos asuntos.