Constitución se antepone con figuras jurídicas de que cumpla con erradicar tortura: Senado

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Tortura
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En su investigación “Día internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura”, refiere que ni la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura (LFPST) ni la reforma al Código de Justicia Militar han cumplido con lo establecido en los tratados internacionales, de acuerdo a un informe sobre la tortura en México, del Relator Especial de Naciones Unidas.

En 2014, dicho documento indicó que la LFPST no cumple con los estándares de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, porque no considera la tortura cometida con fines discriminatorios o con cualquier otro fin.

El organismo internacional también subraya que la tipificación del delito de tortura en casi todas las entidades federativas, no cumple con los estándares internacionales y que en algunos casos las penas son muy bajas.

El IBD destaca que la información sobre los casos de tortura, tratos o penas crueles, inhumanas es poco clara; y no son de fácil acceso al público, lo que impide generar un seguimiento y analizar la dimensión del problema.

Entre 2005 y 2013, se registraron 11 mil  254 quejas de tortura y malos tratos, lo que generó un total de 223 recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), sobre las que no existe una sola sentencia penal.

La investigación del IBD destaca que en 2013, los Organismos Públicos para la Protección y Defensa de los Derechos Humanos de las entidades federativas registraron 12 mil 110 hechos violatorios del derecho a no ser sometido a tortura y/o tratos crueles, inhumanos o degradantes; y para 2014, la cifra aumentó a 16 mil 62 hechos violatorios.

Por su parte, la PGR reportó a Amnistía Internacional en 2015, que el número de denuncias por tortura, presentadas a escala federal, se habían duplicado entre 2013 y 2014, ya que pasaron de mil 165 a dos mil 403.

Subraya que México ha ratificado los principales tratados, estatutos y convenciones de derechos humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

Entre ellos, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura; y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada.

La investigación de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez, puede consultarse de manera íntegra en la dirección electrónica: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789/3507/1%20AD_69__2206_1.pdf?sequence=1&isAllowed=y