Así lo señala el estudio del Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la República, “Periodos ordinarios de sesiones en perspectiva comparada”, elaborado por la maestra Lorena Vázquez Correa y publicado como parte de la serie “Cuadernos de Investigación” de la Dirección General de Análisis Legislativo.
Agrega que durante la LXII Legislatura se presentaron 14 iniciativas de reforma, incluso una del Ejecutivo federal, cuatro de senadores y nueve de diputados. El IBD analizó la exposición de motivos de algunas de estas iniciativas: la duración de los periodos ordinarios de sesiones es mayor en otros países de Latinoamérica, el rezago legislativo, el bajo número de sesiones ordinarias, así como mejorar la eficacia y eficiencia del Congreso.
En México, la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores llevan a cabo dos periodos de sesiones ordinarias: el primer periodo va del 1 de septiembre al 15 de diciembre, el segundo comienza el 1 de febrero y concluye el 30 de abril, excepto cuando el Presidente de la República tome protesta en la fecha prevista en el artículo 83 de la Constitución, el 1° de octubre, en cuyo caso el Congreso se reunirán a partir del 1° de agosto para celebrar un primer periodo de sesiones. Dichos plazos están establecidos en la reforma al artículo 65 la Constitución, a partir de la reforma política de febrero de 2014.
La media de meses laborados por el Poder Legislativo en la región latinoamericana es igual a 8.81 meses, lo que equivale a periodos anuales de 8 meses con 24 días. Argentina, Brasil, Honduras, Paraguay, Uruguay y Venezuela sesionan al menos nueve meses. Colombia, Guatemala, Panamá y Perú tienen sesiones ordinarias por lo menos ocho meses al año. Ecuador, Nicaragua y República Dominicana sesionan durante diez meses al año.
Cada congreso en los países de América Latina tiene particularidades, sin embargo, tras un ejercicio comparativo, el IBD concluye:
El Salvador y Bolivia cuentan con los periodos de sesiones ordinarias más largos: de 12 y 11 meses, respectivamente. Los congresos con menor duración de sus periodos son Chile, con cuatro meses; seguido de Costa Rica, con seis meses. México sesiona durante dos periodos al año, igual que Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Venezuela.
Asimismo, en comparación con los congresos estatales de la República Mexicana, el IBD señala que el promedio de duración de los periodos de sesiones ordinarias en los congresos de los estados es de 7.3 meses, por encima de los 6.5 meses que labora ordinariamente el Congreso federal.
Los congresos de Baja California y Colima tienen los periodos ordinarias más largos, 12 y 10 meses, respectivamente; mientras que la duración más recurrente de los periodos ordinarios de sesiones en congresos locales es de siete meses al año. Sin embargo, los congresos locales de la Ciudad de México, Tabasco, Campeche y Veracruz tienen periodos de sesiones que duran menos de seis meses al año.
Durante el periodo de receso, el Poder Legislativo federal en México funciona a través de la Comisión Permanente, integrada por 19 diputados y 18 senadores. La Permanente puede recibir iniciativas de ley, turnarlas a comisiones, atender observaciones del Ejecutivo sobre leyes antes aprobadas, y convocar, en su caso, a periodo extraordinario de sesiones.
El estudio cita posiciones diversas en torno al tema como la del politólogo Joseph Colomer, quien señala que el Congreso mexicano es extremadamente débil frente al Poder Ejecutivo; lo que se despende del análisis de la duración de los periodos ordinarios, “una de las grandes limitantes de las oportunidades del Congreso para desarrollar iniciativas políticas propias”.
La existencia de periodos ordinarios de sesiones tan reducidos en el Congreso mexicano rompe con la continuidad de los trabajos legislativos, no permite un estudio detenido de las iniciativas legislativas e impide la correcta realización de las tareas de control político sobre el Poder Ejecutivo, advierte a su vez el especialista Miguel Carbonell.
Para el jurista Diego Valadés, “la duración del periodo de sesiones del Congreso representa un instrumento de control político entre los distintos órganos del Estado”. Por ello, advierte sobre la necesidad de ampliar la duración de dicho periodo hasta un máximo de nueve meses.
En cambio, otras posiciones aducen que la ampliación de los periodos ordinarios de sesiones no se traducirá en un aumento de la calidad y la cantidad de iniciativas legislativas aprobadas. Además, en el receso, se argumenta, los legisladores regresan a sus estados, lo que les permite no desvincularse de los intereses y necesidades de los ciudadanos a los que representan.
El estudio del IBD incluye además un amplio apartado sobre los antecedentes históricos y la evolución del diseño institucional, en lo que se refiere a los periodos ordinarios de sesiones.
El artículo completo se puede consultar en https://goo.gl/h04QZE