Por unanimidad de las Consejeras Adriana Favela, y Beatriz Galindo, así como el Consejero José Roberto Ruiz, la Comisión determinó negar las medidas cautelares señalando que el contenido del spot se encuentra amparado por la libertad de expresión.
Asimismo, se señaló que las expresiones de crítica respecto a la situación que prevalece en el Estado de México, en particular en el Municipio de Naucalpan, pueden ser consideradas como un mensaje abierto a la ciudadanía en cuanto a la posición del partido político en temas de inseguridad, corrupción e impunidad, sin que de manera preliminar se advierta que existe calumnia o hechos falsos en contra del PAN.
Por último, respecto al señalamiento del PAN en relación con estadísticas falsas, así como alteración de notas periodísticas, la Comisión estimó que dichas cuestiones corresponden a un análisis del fondo del asunto.
Respecto a otra queja, la Comisión de Quejas y Denuncias determinó improcedentes -por unanimidad- las medidas cautelares solicitadas por el PRI en contra del PAN por el supuesto posicionamiento indebido de Antonio Echevarría García, precandidato a la gubernatura del Estado de Nayarit por el Partido Acción Nacional, pues a juicio del quejoso, su contenido se dirige a la ciudadanía en general, lo que podría constituir actos anticipados de campaña.
Como resultado de la investigación preliminar efectuada por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral se desprende que el promocional titulado “Tutela” en sus versiones de radio y televisión, no se está transmitiendo actualmente, pues ha terminado su vigencia desde el pasado 19 de marzo, por lo que se determinó improcedente la medida cautelar, al tratarse de hechos consumados.