La autoridad electoral aprecia en esa difusión la imagen de menores de edad sin mediar autorización expresa de quienes ejercen la patria potestad o la tutela, así como su consentimiento libre y voluntario de aparecer, como establece la normatividad en la materia, así como los criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En sesión extraordinaria urgente, con el voto a favor de las Consejeras Adriana Favela y Beatriz Galindo, y el voto concurrente del Consejero José Roberto Ruiz, la Comisión concedió las medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional (PAN), al considerar, bajo la apariencia del buen derecho y a efecto de garantizar el interés superior del menor de edad, que el partido denunciado no cumplió con su obligación de contar con los permisos necesarios para incorporar las imágenes de infantes en la propaganda electoral.
Derivado de lo anterior, se ordenó al PRI que en un plazo que no exceda a 6 horas -a partir de la notificación formal del Acuerdo- sustituya los promocionales que fueron motivo de la queja. De igual forma, se vinculó a los concesionarios de radio y televisión de Nayarit para que, en un mismo plazo, suspendan la difusión de los spots mencionados.
El Consejero José Roberto Ruiz Saldaña, al anunciar su voto concurrente, se apartó del resolutivo cuarto del proyecto que ordenaba retirar los spots del portal de pautas del Instituto, al considerar como una solución alternativa la superposición de franjas negras en el rostro de los menores de edad, que permitirían ocultar la identidad de los mismos, al tiempo que harían posible la permanencia del material en el portal de pautas que contiene el acervo histórico de spots pautados por el INE, en un equilibrio entre la tutela al interés del menor y el principio de máxima publicidad que rige a la institución.