Arraigo penal inconstitucional y un agujero negro en legislación: Morena

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Cámara de Diputados
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“La existencia del arraigo penal supone un agujero negro en el entramado legal de nuestro país, por donde se cuelan la arbitrariedad, la prepotencia, la ilegalidad y las violaciones a los derechos humanos. Así lo que se diseñó como un mecanismo, como una herramienta para limitar el poder del Estado sobre las personas, ha quedado en simple quimera”, recalcó.

En el marco de la primera sesión de la Comisión Permanente, que se realizó en el Recinto Legislativo de San Lázaro, expresó su desacuerdo con los defensores del arraigo penal, toda vez que afirman que se trata de una figura constitucional y que son legítimas las acciones que llevan a cabo la Procuraduría General de la República (PGR) y las autoridades judiciales.

Agregó que para el Grupo Parlamentario de Morena, la “constitucionalización” del arraigo penal no resolvió su problema de inconstitucionalidad, por lo que insistirá en la derogación del párrafo octavo de la Carta Magna. Al respecto, recordó que el 19 de noviembre de 2015 esa bancada presentó dicha iniciativa, y que a pesar de que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales no fue dictaminada y prescribió el abril de este año.

Asimismo, afirmó que el arraigo penal ha sido denunciado y combatido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), organizaciones de la sociedad civil y países como Bélgica, Alemania y Francia, por lo que ya es tiempo de que en el Congreso de la Unión se reconozca la necesidad de desechar su práctica.

A nombre de los diputados Rocío Nahle y Rodrigo Abdala, coordinadora e integrante de la Fracción Parlamentaria de Morena, respectivamente, el legislador mexiquense hizo un llamado a las demás fuerzas políticas para eliminar figuras jurídicas como la del arraigo penal, si también aspiran a que México sea una nación democrática y respetuosa de los derechos humanos.

“Es de suma importancia lograr la derogación de esta figura que vulnera la base del garantismo en que se funda nuestra Constitución Mexicana, según la cual todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Ley Fundamental y en los tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano”, puntualizó.

Juárez Rodríguez resaltó las contradicciones que existen entre el nuevo sistema de justicia penal, basado en principios como los de presunción de inocencia y de debido proceso, y la figura del arraigo penal.

En ese sentido, señaló que el principio de presunción de inocencia es olímpicamente ignorado desde el momento en que el Ministerio Público solicita al juez una orden de arraigo en contra de una persona sobre la que se pretende realizar una investigación.

“Es decir, se le detiene para investigarla; no se investiga para detenerla. Con este proceder, la autoridad está considerándola culpable o presunto culpable, cuando la Constitución en su Artículo 20, Apartado B, establece que es inocente hasta que se demuestre lo contrario”.

Respecto al principio del debido proceso, indicó que tampoco es tomando en cuenta desde el momento en que se solicita la orden de arraigo en contra de una persona, porque en esa detención no hay proceso y, por tanto, no han garantías procesales para el detenido.

“El respeto al principio de debido proceso implica la observancia de una serie de supuestos como el cumplimiento de las formalidades esenciales del procedimiento, la prohibición de tribunales especiales y leyes privativas, el derecho de garantía de audiencia, etcétera, que son imposibles de cumplir cuando una persona se encuentra bajo arraigo”, enfatizó.