La reducción de la tarifa está vigente hasta el 31 de julio, de acuerdo con lo estipulado en el calendario de la Secretaría de Educación Pública.
El requisito principal y único es presentar credencial vigente de la escuela a los prestadores de servicios ferroviarios y los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros o en su defecto, presentar constancia con nombre y sello de la escuela o universidad, especificar que los interesados se encuentran en periodo de vacaciones, así como el tiempo de duración de ellas.
Las credenciales de maestros y estudiantes deben ser exclusivamente de las instituciones educativas, integradas a los sistemas de educación de la SEP, direcciones o departamentos de educación en las entidades federativas.
En el caso de planteles de educación superior y medio superior deben ser de la Universidad Nacional Autónoma de México, el Instituto Politécnico Nacional, universidades de toda la República, institutos, escuelas libres de derecho, comercio y homeopatía, Colegio de Bachilleres, así como escuelas incorporadas.
Es responsabilidad de los prestadores de servicios ferroviarios y los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros, poner a la venta estos boletos con la misma anticipación que los boletos normales y deben tener anotada la leyenda “vacaciones”.
Para presentar quejas ante irregularidades en lo dispuesto en la circular del DOF, en lo concerniente a la materia de tarifas ferroviarias deberán presentarse ante la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal y en caso de niveles de cobro del autotransporte, ante la Dirección General de Autotransporte Federal o, en su defecto y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT que corresponda al domicilio del usuario.