En su reporte, la dependencia informó que se observó la presencia de un sistema de alta presión sobre el centro del territorio nacional durante los últimos días, el cual se intensificó durante este viernes induciendo estabilidad atmosférica y viento débil en superficie, además de radiación solar persistente.
Estos factores meteorológicos favorecieron condiciones adversas para la dispersión, que en presencia de las emisiones generadas por el intenso tránsito vehicular, provocaron un incremento en la concentración de ozono durante esta tarde.
Indicó que a las 17:00 horas se registraron 152 puntos en el índice de calidad del aire en la estación Santa Fe (SFE) en la delegación Cuajimalpa. Por lo anterior se activa la Fase I de Contingencia Ambiental Atmosférica por Ozono.
Dio a conocer los RIESGOS ASOCIADOS A LAS ALTAS CONCENTRACIONES DE OZONO: irritación en vía respiratorias; molestias graves en personas con problemas respiratorios y cardiovasculares y riesgo de activación de ataques de asma en personas asmáticas.
RECOMENDACIONES A LA POBLACIÓN PARA PROTECCIÓN DE LA SALUD
Por ello, recomendó permanecer en interiores entre las 13:00 y las 19:00 horas a los grupos sensibles siguientes: niños, adultos mayores y personas con problemas respiratorios y cardiovasculares.
Además sugirió a la población en general evitar las actividades deportivas, cívicas, de recreación u otras al aire libre, principalmente entre las 13:00 y las 19:00 horas.
A deportistas se les recomienda abstenerse de realizar ejercicio o desarrollar actividades al aire libre que requieran un esfuerzo vigoroso, principalmente entre las 13:00 y las 19:00 horas.
MEDIDAS PARA DISMINUIR LA EMISIÓN DE PRECURSORES DE OZONO
TRANSPORTE
Limitaciones a la circulación de vehículos automotores de 5:00 a 22:00 horas
· Todos los vehículos que porten el holograma de verificación 1 y 2.
· Los vehículos automotores de servicio particular (automóviles, camionetas tipo van y pick up) con placas de circulación del extranjero o de otras entidades federativas que no porten holograma “exento”, doble cero” y “cero”, así como los que porten pase turístico vigente, serán considerados como holograma de verificación 2.
· Vehículos de reparto de gasolina, diésel y gas LP.
· Todos los vehículos destinados al servicio de transporte de carga con placa federal o local, tendrán que acatar la restricción a la circulación de las 06:00 a las 10:00 horas.
· Las autoridades de tránsito y vialidad, establecerán operativos para la agilización de la circulación vehicular en la Zona Metropolitana del Valle de México.
· No podrá circular ningún vehículo utilizado exprofeso para fines publicitarios.
· Se reforzará la vigilancia a vehículos ostensiblemente contaminantes.
SERVICIOS
De las 5:00 a las 22:00 horas se suspenderán las siguientes:
· Actividades de pintura de vehículos en la vía pública, mobiliario y equipos a cielo abierto, así como en instalaciones sin casetas de pintura.
· Actividades de limpieza y desengrase en los servicios que utilicen productos orgánicos volátiles sin control de emisiones.
· Actividades de bacheo, pintado, balizamiento y pavimentación, así como las obras y actividades que obstruyan o dificulten el tránsito de vehículos.
· Actividades en los establecimientos que utilicen como combustible leña o carbón.
· Actividades para la fabricación artesanal de tabique rojo
· Suspensión del 20% de la capacidad de las estaciones de servicio de gasolina y/o diésel, según corresponda a la terminación de su último dígito numérico de identificación, par o non de manera alternada.
· Suspensión del 20% de la capacidad de las estaciones de carburación de gas LP, según corresponda a la terminación de su último dígito numérico de identificación, par o non de manera alternada.
· Suspensión del 20% de la capacidad de las plantas de distribución de gas licuado de petróleo, de acuerdo a la terminación de su número de identificación, par o non de manera alternada.
FUENTES FIJAS DE LA INDUSTRIA
De las 5:00 a las 22:00 horas:
· Se suspenderán las actividades de limpieza y desengrase en la industria de jurisdicción federal y local que utilicen productos orgánicos volátiles y que no cuenten con control de emisiones.
· Las fuentes fijas de la industria de jurisdicción federal y local que tengan procesos que emitan precursores de ozono y partículas, a través de los propietarios, representantes legales, gerentes y operadores, quedan obligadas a reducir sus emisiones entre el 30% y 40% sobre su línea base de manera inmediata a la declaratoria de la FASE I de Contingencia Ambiental Atmosférica.
· Las plantas industriales de distribución y almacenamiento de gas LP, suspenderán las labores de mantenimiento, reparación y trasvasado, que impliquen liberación de hidrocarburos a la atmósfera, con excepción de las realizadas en caso de emergencia o accidente.
Hoy a las 20:00 horas se emitirá un boletín informativo con la evaluación de las condiciones meteorológicas y de calidad del aire prevalecientes en la Zona Metropolitana del Valle de México.
Se exhorta a la población a informarse continuamente sobre la calidad del aire consultando la siguiente página web aire.cdmx.gob.mx o bien, a través de la aplicación AIRE que se encuentra disponible para dispositivos iOS y Android.