Advirtió que de nada servirá el Sistema Nacional Anticorrupción –e, incluso, se convertirá en otro simulacro- si se mantiene el fuero y el tortuoso procedimiento del desafuero, pues tal parece que uno y otro fueron diseñados para simular y no para procurar justicia a la sociedad.
Ante el Pleno de la Cámara de Diputados erigida en Jurado de Procedencia en el caso de la diputada Lucero Sánchez López, adelantó que el GPPRD presentará iniciativas de reforma para acelerar y simplificar este procedimiento.
La finalidad –dijo- es evitar que la inmunidad que otorga el fuero sea sinónimo de impunidad para todo representante popular, presidente municipal, gobernador o Presidente de la República corrupto.
Recordó que hay una gran cantidad de peticiones de desafuero contra muchos otros gobernantes, ex gobernantes, legisladores y ex legisladores, y, sin embargo, la gran mayoría sigue sin desahogarse por razones indebidas, entre ellas, solapar a funcionarios que han incurrido en delitos de corrupción y abuso de poder.
Por ello insistió en la determinación del GPPRD para que estos casos se retomen y dictaminen a la brevedad a fin de poner a disposición del Ministerio Público y del juez correspondiente, cuando así proceda, al involucrado.
Así lo hará en el caso de la diputada Sánchez López, no porque prejuzgue su culpabilidad, sino porque, según el Ministerio Público –es decir, la Procuraduría General de la República- cometió el delito de uso de documento público falso el pasado 29 de febrero y, con base en ello, pidió a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión que la desaforara.
Tal como lo determina la Constitución, la Cámara de Diputados integró la Sección Instructora para dictaminar dicha petición y, previa comparecencia y aportación de pruebas por parte de la acusadora y la acusada, consideró que la causal que justifica la petición de desafuero se configura en este caso.
Ahora es el Pleno de la Cámara de Diputados, como Jurado de Procedencia, el que determina si avala el dictamen de su Sección Instructora.
Ortega Álvarez, quien funge como Secretario de esta Sección Instructora- reiteró que se justifica la petición al cumplirse los requisitos previstos en la Constitución, pero en modo alguno se comprueba que se cometió el delito y que la acusada sea la culpable, pues serán las instancias judiciales las que en justicia lo determinen a través del debido proceso.
Por otra parte, recordó que hay razones históricas y políticas por las cuales surgió y se institucionalizó el fuero, como evitar el arresto, encarcelamiento y asesinato de legisladores por expresar opiniones contrarias al régimen, pero también reconoció que se convirtió en un instrumento de impunidad para muchos servidores públicos.
Ésta última característica –insistió- es la que se debe eliminar para que el Sistema Nacional Anticorrupción no sea otro simulacro, sino una herramienta fundamental en contra de la corrupción y, sobre todo, en contra de la impunidad de servidores públicos, incluido el Presidente de la República, cuando incurra en acciones constitutivas de delitos.