Mencionó que ante la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Instituto enfrenta un dilema: “cómo hacemos para, acatando la sentencia, no permitir que estos criterios le abran al modelo de fiscalización un boquete en la línea de flotación”.
“La entrega extemporánea, y eso es lo que no podemos y no vamos a permitir, puede convertirse en una estrategia contable para burlar el ojo fiscalizador del Instituto Nacional Electoral”, dijo.
Al aprobar, el Consejo General, por unanimidad, diversos proyectos de resolución sobre informes de precampaña locales, Lorenzo Córdova advirtió que la entrega extemporánea puede abrir la puerta para que eventualmente los partidos políticos hagan un ejercicio costo-beneficio que implica el pagar una sanción, pero beneficiarse de un ilícito, y en consecuencia “ponderen si es conveniente violar la ley para obtener, incluso, si es descubierto y sancionado algún tipo de beneficio”.
El Consejero Ciro Murayama, Presidente de la Comisión de Fiscalización, explicó que después de la Sentencia del TEPJF, ahora en la entrega extemporánea, o la omisión absoluta de la presentación de los informes de precampaña, no se podrá aplicar la sanción expresamente prevista en el Artículo 229, párrafo 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que es la pérdida o cancelación del registro como candidata o candidato.
Ciro Murayama afirmó que si bien el Instituto acatará como siempre las sentencias del TEPJF, existen algunos efectos no deseados en materia de fiscalización durante las precampañas.
Advirtió que esta sentencia sólo afecta a las precampañas y que en el futuro, en las campañas políticas, será diferente.
“Candidato que no entregue informes, no tiene excusa que valga; la extemporaneidad que el Tribunal dio como un atenuante, en la omisión de presentar informes en precampaña, no podría valer en una campaña, porque ahí sí des construiríamos el modelo de exigencia de rendición de cuentas, fiscalización y transparencia, que el legislador diseñó, y que es obligatorio para todos”, puntualizó.
Asimismo, recordó que en una campaña se deben rendir cuentas todos los días, y confió en que el Tribunal “respalde el cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones de los actores políticos para que así, la norma establecida en materia de fiscalización sea una norma de aplicación plena y no papel mojado, como ocurre con otras de las leyes en este país”.
Al respecto, el Consejero Arturo Sánchez precisó que “no está en duda el acatamiento de la sentencia (del TEPJF), y si alguien cree que no vamos a acatar, se equivoca, porque esta autoridad nunca ha dejado de acatar una sentencia”. Señaló que el INE perfeccionará los procedimientos “para dar garantías de audiencia y, en consecuencia, aplicar la norma y sanción correspondiente”.
Pero, aclaró que “cuando se trate de precampaña, ese truquito de entregar tarde los informes, para evitar la fiscalización, no va a proceder. Esta autoridad tiene la obligación ante la sociedad, de que se rindan cuentas de los dineros públicos que se entregan a los partidos políticos y se utilicen en las campañas”.
El Consejero Electoral Marco Antonio Baños mencionó que conductas como la no presentación de informes atentan contra la fiscalización sin duda alguna. “Porque cualquier precandidato que se encuentre en esta condición, está obligado a observar las reglas del juego, y las reglas del juego dicen claramente, que tiene que presentar su informe de gastos de precampaña”.
El Consejero Benito Nacif, señaló que sancionar los incumplimientos con una sanción equivalente a la pena de muerte en materia electoral, que es el retiro del derecho de un contendiente a que su nombre aparezca en la boleta, no sólo afecta al candidato, sino que “afecta el derecho de ciudadanos a votar por alguien con quien simpatizan, con quien convergen en sus puntos de vista, con quien se pueden sentir representados”.
La Consejera Pamela San Martín añadió que la presentación de un informe tiene una razón de ser. “Que haya una posibilidad de fiscalizar los recursos de los partidos políticos; no de uno, no de otro, de todos”.
“El problema con las entregas extemporáneas es que quitan la posibilidad de que la autoridad fiscalice y los convierte en una mera formalidad”, afirmó.
El Consejero Javier Santiago apuntó que existe una coincidencia en la mesa del Consejo General, que es “la necesidad de tomar medidas para fortalecer la observancia de las garantías fundamentales de todos aquellos que intervienen en la esfera electoral, o sea, el respeto a las reglas del debido proceso y de modo particular”.
La Consejera Adriana Favela invitó a los presentes a no perder de vista que la Sala Superior señaló en su sentencia que hay una obligación directa de los partidos políticos de presentar informes de precampaña y de campaña.
Finalmente, el Consejero Enrique Andrade mencionó que “al INE lo que le corresponde es aplicar la ley, no necesariamente interpretar cada uno de los elementos de la norma, esa facultad que corresponde al Tribunal”.
El Consejo General aprobó por unanimidad los dictámenes consolidados y proyectos de resolución respecto de las irregularidades encontradas en la revisión de los informes de precampaña de los ingresos y gastos al cargo de gobernador del estado de Oaxaca y a los cargos de gobernador y diputados locales en el estado de Hidalgo.
Al abordar el punto sobre la fiscalización de precampañas en el estado de Hidalgo; las Consejeras y los Consejeros Electorales en consecuencia con la sentencia de la Sala Superior del Poder Judicial de la Federación que invalidó la sanción de pérdida del registro con motivo de la entrega fuera de los plazos de los informes de precampañas, aprobaron sancionar económicamente a los partidos políticos.
Derivado de la fiscalización de precampañas en el estado de Hidalgo, el Consejo General determinó imponer diversas sanciones por un monto global de 1 millón 645 mil 873 pesos conforme a la siguiente tabla:
PRI |
PRD |
PT |
MOVIMIENTO CIUDADANO |
MORENA |
$603,164.32 |
$798,180.42 |
$176,309.86 |
$3,505.92 |
$64,713.44 |
En el caso de las campañas a gobernador en el estado de Oaxaca, el pleno impuso sanciones por 1 millón 689 mil 387 pesos.
PRI |
PRD |
MORENA |
PARTIDO RENOVACIÓN SOCIAL |
$154,698.72 |
$1,461,028.69 |
$247,897.76 |
$181,139.20 |
Asimismo, fueron aprobados por unanimidad los dictámenes consolidados y proyectos de resolución respecto de las irregularidades encontradas en materia de fiscalización en los informes de campaña del proceso extraordinario al cargo de ayuntamiento del Municipio de Chiautla, Estado de México; y campaña al cargo de ayuntamiento de la elección extraordinaria del Municipio Centro del estado de Tabasco.
Durante la sesión, el Consejo General resolvió 10 quejas sobre el origen y aplicación de los recursos derivados del financiamiento de partidos políticos nacionales, de las cuales cuatro fueron infundadas, una sobreseída, dos parcialmente fundadas y tres fundadas; y acató tres sentencias del TEPJF en la materia.
El Consejo General conoció dos quejas iniciadas como procedimientos ordinarios sancionadores, los cuales al ser sometidos a la consideración del pleno fueron declarados –por unanimidad- como sobreseído e infundado, respectivamente.