Propone legislativo fortalecer medidas de seguridad ante casi 18 mil accidentes viales en carreteras

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Cámara de Diputados
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La vicepresidenta de la Mesa Directiva precisó que, de acuerdo a la Comisión Nacional de Seguridad de la Secretaría de Gobernación, los daños materiales por los accidentes de este año, ascendieron a alrededor de 4 mil 385 millones de pesos, en muchos de los cuales se vieron involucrados camiones de carga.  

Por ello, consideró necesario reformar diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para que la Secretaría de Comunicaciones y Transporte (SCT) establezca en los periodos vacacionales y días de descanso obligatorio, horarios especiales de circulación para el autotransporte de carga, revocándole concesiones y permisos en caso de incumplirlos.

También planteó que los conductores se abstengan de utilizar algún aparato tecnológico como el celular, dispositivos de manos libres, reproductores o monitores de televisión que los distraigan mientras manejan.

Botello Santibáñez refirió que el Anuario Estadístico de Accidentes en Carreteras Federales, del Instituto Mexicano del Transporte, establece que en 2013 se registraron 22 mil 36 accidentes que provocaron la muerte de 3 mil 899 personas y 20 mil 979 lesionados.

La estadística revela, asimismo, que el 62 por ciento de los accidentes fueron a causa del exceso de velocidad y generalmente ocurrieron los fines de semana, durante los periodos vacacionales y los fines de semana largos, principalmente durante los meses de marzo-abril, julio y noviembre-diciembre.

La diputada aclaró que no se trata de imponer a estos vehículos pesados, que contribuyen a la economía del país, “una reforma que los limite en el tránsito libre terrestre de materias primas u otros bienes por el territorio nacional”.

Sólo se proponen, precisó, horarios determinados para que durante las fechas en las que aumenta el turismo hacia diversos puntos de país, “se eviten accidentes que suelen ser ocasionados por conductores en estado de cansancio, ebriedad, bajo los efectos de drogas o que rebasan los máximos de velocidad, a pesar de que la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal señala que se deberán abstener de manejar bajo dichas circunstancias”.