Propone Morena en ALDF sancionar a legisladores incumplidos con promesas de campaña

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El objetivo de esta ley, dijo, es salvaguardar el derecho de los ciudadanos a exigir el cumplimiento de compromisos públicos que en apego a sus funciones celebren con la ciudadanía los servidores públicos.

Al presentar la iniciativa, el legislador de MORENA resaltó que la crisis de confianza y legitimidad generalizada entre la población se origina con las falsas promesas de campaña  de los candidatos que no son cumplidas cuando ocupan puestos públicos.

Darío Carrasco acusó que la gente está cansada del poco compromiso que asumen quienes ocupan puestos de elección popular una vez que asumen el cargo. “Las propuestas de campaña se convierten en una carta de buenos deseos y no hay quien regule dicha situación; al contrario, se promueve una serie de acciones sombrías que envuelven poco a poco a quienes, en ocasiones, contaban con una perspectiva diferente.

Por eso, en su iniciativa promueve que los servidores públicos electos por representación popular, o quienes se encuentren desempeñando un cargo o encargo, adscrito al servicio público de la Administración Pública del Distrito Federal contarán con hasta un año para cumplir sus compromisos, de lo contrario, la ciudadanía podrá dar vista a la Contraloría interna del área correspondiente para que inicie el procedimiento ante el Instituto Electoral del Distrito Federal y la Contraloría General del Distrito Federal.

El Instituto Electoral del Distrito Federal y la Contraloría General del Distrito Federal realizarán evaluaciones anuales que verifiquen el desempeño y avance de cumplimiento de los compromisos asumidos por las personas servidoras públicas electas por representación popular, o quienes se encuentren desempeñando un cargo o encargo, adscrito al servicio público de la Administración Pública del Distrito Federal. 

Ambas instancias evaluarán cada caso y si encuentran omisiones, atrasos o inconsistencias en el cumplimiento de los compromisos asumidos,  formularán apercibimientos hasta por tres veces, en intervalos de un mes cada uno, dando vista al órgano de control interno del área que se trate; si el servidor público no contesta, se le citará a una comparecencia directa, sin representantes, para que exponga las razones del incumplimiento.

Las conclusiones serán entregadas al órgano interno de control que iniciará el procedimiento administrativo disciplinario que determine la inhabilitación del funcionario incumplido.

La Contraloría General del Distrito Federal, deberá mantener actualizado un padrón de servidores públicos sancionados o procesados por lo establecido en la presente Ley, ya sea como consulta directa, o bien en la sección de transparencia de su página electrónica

Además, cada seis meses el Instituto Electoral y la Contraloría General calificarán el avance del cumplimiento de los servidores públicos sujetos a evaluación y publicarán en sus portales de Internet las propuestas que, durante las campañas electorales hayan realizado.