El documento, suscrito por los ocho grupos parlamentarios integrantes de la Jucopo, establece que, del total de las comisiones, el PRI presidirá 23; el PAN, 12; el PRD, 7; PVEM, 5; Morena, 4; Movimiento Ciudadano, 3; Nueva Alianza y Encuentro Social, una cada uno.
Argumenta que de conformidad con el artículo 39, numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General, las comisiones son órganos constituidos por el Pleno que, a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara de Diputados cumpla con sus atribuciones constitucionales y legales.
El criterio de proporcionalidad entre los grupos parlamentarios para la integración de estos órganos legislativos, señala, surge de valorar el número de sus integrantes en el momento de la instalación de la Legislatura y no en el de su evolución.
Agrega que la Ley Orgánica del Congreso General instituye que aun cuando los grupos parlamentarios hayan modificado su integración en el transcurso de las legislaturas, esto no cambia la conformación proporcional de las comisiones.
Las comisiones serán presididas de la siguiente manera:
Grupo Parlamentario del PRI: Agricultura y Sistemas de Riego; Agua Potable y Saneamiento; Asuntos Indígenas; Comunicaciones; Defensa Nacional; Deporte; Derechos Humanos; Desarrollo Social; Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial; Economía; Energía; Ganadería; Gobernación; Igualdad de Género; Infraestructura; Jurisdiccional; Justicia; Pesca; Población; Presupuesto y Cuenta Pública; Relaciones Exteriores; Trabajo y Previsión Social y Vivienda.
Grupo Parlamentario del PAN: Atención a Grupos Vulnerables; Cambio Climático; Cultura y Cinematografía; Desarrollo Rural; Fortalecimiento al Federalismo; Hacienda y Crédito Público; Juventud; Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias; Salud; Seguridad Pública; Transportes y Turismo.
Grupo Parlamentario del PRD; Asuntos Frontera Norte; Competitividad; Derechos de la Niñez; Distrito Federal; Educación Pública y Servicios Educativos; Puntos Constitucionales y Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
Grupo Parlamentario del PVEM: Asuntos Frontera Sur-Sureste; Desarrollo Municipal; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Radio y Televisión y Recursos Hidráulicos.
Grupo Parlamentario de Morena: Fomento Cooperativo y Economía Social; Reforma Agraria; Seguridad Social y Transparencia y Anticorrupción.
Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano: Desarrollo Metropolitano; Marina y Protección Civil.
Grupo Parlamentario de Nueva Alianza: Ciencia y Tecnología y Grupo Parlamentario de Encuentro Social:Asuntos Migratorios
De igual modo, el documento de la Jucopo precisa que la integración personalizada de cada una de las comisiones ordinarias será la que se señala en el Anexo del presente Acuerdo.
La composición numérica propuesta, podrá ser ajustada por la Jucopo a efecto de asegurar, en todo momento, los principios de proporcionalidad, pluralidad y equidad en la conformación de las comisiones.
Además, se reconoce la necesidad de revisar la pertinencia de las comisiones legislativas a efecto de que, en su caso, sean transformadas o reformadas para asegurar la eficacia de la función legislativa.
Menciona que de conformidad con los artículos 40, numerales 2 y 5, y 43, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General, las comisiones ordinarias deberán constituirse durante el primer mes de ejercicio de la Legislatura, integrándose hasta por 30 miembros cada una, con excepción de la Jurisdiccional y la de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, que tendrán entre 12 y 16, la primera, y 20 la segunda.
En tanto, el artículo 43, numeral 2 de dicho ordenamiento, señala que las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, podrán tener más de 30 miembros; se incrementarán para incorporar a un diputado de cada grupo parlamentario que no haya alcanzado a integrarse en razón de su proporción, y el número que sea necesario para que los demás grupos no pierdan su representación proporcional en ellas.