El senador Alejandro Encinas aseveró que dicha minuta contradice disposiciones ya aprobadas en otras reformas como la político electoral, donde se estableció que el derecho de réplica de los partidos políticos, candidatos y precandidatos se atendería a través del tribunal electoral mediante el procedimiento especial sancionador.
Sin embargo, explicó, en la minuta se pretende que la réplica electoral se mantenga en los mismos tiempos y normas jurídicas que el resto de la réplica en materia civil.
Es decir, se le está dando el mismo procedimiento de revisión de intereses jurídicos a situaciones totalmente distintas: una que es la vida civil en materia del derecho a la buena imagen y otro lo que es la réplica electoral.
“Lo que implica una contradicción entre el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y la ley que se propone expedir”, apuntó Encinas Rodríguez.
Además, aseguró que en la minuta se abre un nuevo mercado para los medios de comunicación al establecer que podrá ejercerse el derecho de réplica a través de inserciones pagadas, cuando éste debe ser un derecho gratuito, expedito y general.
El legislador por el Estado de México señaló que otra deficiencia en el proyecto de ley es que no se contempla el derecho de las audiencias, el cual está íntimamente ligado al de réplica.
Por otro lado, en la definición de los sujetos obligados, se reduce estrictamente el procedimiento a las agencias de noticias, productores independientes y cualquier otro emisor de información que no esté apegada a la realidad, excluyendo a los medios de comunicación.
Sin embargo, dijo, “el género periodístico en su conjunto debe ser sujeto pleno del derecho de réplica”.
Por ello, Alejandro Encinas hizo un llamado a no generar una ley con un gran margen de discrecionalidad favorable a los concesionarios de los medios de comunicación que limite el ejercicio de los derechos de los ciudadanos, e incluso también ahora de los partidos y candidatos en materia electoral.
Por su parte, el senador Benjamín Robles Montoya aseguró que el tema de derecho de réplica es de tal relevancia para la sociedad que es necesario garantizar que no existan retrocesos en la ley.
Sostuvo que pretender sujetar este derecho al procedimiento judicial civil, implica plazos más largos que conllevan a la pérdida de celeridad y oportunidad en todo proceso electoral.
La senadora Dolores Padierna señaló que el derecho de réplica es un derecho humano, debido a que es de suma importancia para desarrollar el ejercicio democrático.
La vicecoordinadora del PRD calificó la Ley Reglamentaria en el Derecho de Réplica de insuficiente porque no otorga las facilidades para que el afectado pueda presentar ejercer plenamente ese derecho.
Aseveró que en esta materia no debe existir la apelación y se deben establecer plazos razonables, tanto en la solicitud como en la fundamentación del derecho a ejercer la réplica aplicando el principio de oportunidad.
“Se perdió de vista la importancia que tiene el derecho de réplica para fortalecer, para desarrollar la democracia y que tiene dos connotaciones: la individual y la social”, dijo.
Finalmente, la senadora Angélica de la Peña Gómez consideró que hay una actitud inamovible de parte del PRI y del Partido Verde Ecologista para no dar una discusión para que la minuta cumpla exactamente con todos los preceptos que contiene la reforma constitucional.
Se pronunció por considerar las propuestas de las organizaciones civiles y expertos que han señalado las deficiencias de la ley.