Aristegui señaló que esto pone fin a la “batalla judicial” por la libertad de expresión.
“Ha sorprendido la noticia” de la decisión judicial, indicó la periodista en un comunicado en su portal informativo.
La declaración que difundió Aristegui Noticias dijo que el tribunal “ha eludido el análisis de los lineamientos editoriales que como censura previa se impusieron a todo un equipo de periodistas, analistas, colaboradores y columnistas, como condición indispensable para su permanencia en la Primera Emisión de Noticias MVS.
De acuerdo al documento, “las consideraciones esgrimidas por los tres magistrados nulifican el contenido del artículo quinto de la Ley de Amparo, recién expedida en 2013, precisamente para permitir que por esta vía puedan reclamarse actos de particulares. Se sienta un precedente nefasto”.
En el comunicado se establece que se esperaba una resolución “a la altura del nuevo paradigma de los derechos humanos y de la necesidad de establecer un status judicial a la defensa de la libertad de expresión.”. Subraya que la resolución deja sin resolver aspectos fundamentales que ya no podrá analizar ninguna otra autoridad, como es la independencia periodística, la libertad de información por la decisión unilateral de quien explota un bien del dominio público y de la Nación.
“Ha sorprendido la noticia. Con semejante proceder el Tribunal Colegiado contradice la jurisprudencia definida de la Suprema Corte, que establece que el análisis sobre la naturaleza jurídica de la autoridad responsable debe hacerse, no en el auto admisorio, sino en la sentencia de fondo que resuelva el juicio de amparo”, señaló.
El sitio de Aristegui agregó que ahora sólo queda por conocerse el sentido que tendrán los diversos juicios de amparos promovidos por diferentes personas reclamando el derecho de las audiencias, así como por colaboradores del programa y organizaciones promotoras de derechos humanos y libertad de expresión.