Condona GDF pago de predial a condominio a cambio de individualización de cuentas

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Este beneficio se otorga a los contribuyentes con inmuebles que se hayan constituido bajo la modalidad del Régimen de Propiedad en Condominio hasta antes del 30 de junio de 2010 y que no se encuentran registrados en el Padrón Catastral.

Para acceder a este beneficio fiscal, el inmueble debe ser preponderantemente habitacional y el Administrador del Condominio, el Comité de Vigilancia o un representante común nombrado por la totalidad de los condóminos, deberá presentar la solicitud por escrito y la documentación respectiva a más tardar el 15 de diciembre de 2015, en el módulo de la Tesorería ubicado en Dr. Lavista 144, Col. Doctores, Delegación Cuauhtémoc.

En caso de no cumplir con los requisitos, los contribuyentes tendrán por única vez un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud para entregar la información faltante y continuar con el trámite de individualización.

Asimismo, el Gobierno capitalino anunció que una vez que los representantes del condominio entreguen el recibo donde conste la condonación del Impuesto Predial a la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial de la Tesorería, la individualización de cuentas se realizará en un plazo no mayor a 40 días hábiles contados a partir de la solicitud, siempre y cuando se hayan ingresado la totalidad de los documentos correspondientes.

Por último, el Gobierno de la CDMX invita a los contribuyentes cuya propiedad se encuentra en Régimen en Condominio y no cuentan con una cuenta catastral individual, a aprovechar los beneficios de este programa, regularizar su situación fiscal y evitar futuros inconvenientes con su propiedad.