El 6 de junio el Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana aprobó por unanimidad el acuerdo IMPEPAC/CEE/150/2015, en el que se dan a conocer los criterios que serán aplicados por el Consejo Estatal Electoral para la asignación de diputados por el principio de representación proporcional y de regidores integrantes de los treinta y tres ayuntamientos de la entidad.
Dicho acuerdo precisa que toda vez que el cómputo total y la declaración de validez de las elecciones de Gobernador y Diputados por el principio de representación proporcional, corresponde, en primera instancia, al Consejo Estatal, este Consejo Estatal Electoral determina que para la asignación de diputados de representación proporcional, lo establecido por los artículos 24 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos y 16 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos; asimismo es de tomar en consideración el criterio sustentado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SUP-REC-0936/2014, en la cual se hace un análisis jurídico que sienta las bases para la aplicación del principio de paridad, en el cual se establece el procedimiento para la aplicación de la perspectiva de género en armonía con el principio de auto organización de los partidos políticos.
No obstante lo anterior, organizaciones de la sociedad civil como Mujeres en Plural han denunciado públicamente, no sólo la resistencia de los partidos políticos a respetar el principio de paridad de género en la asignaciones de las diputaciones de representación proporcional, sino las negociaciones que pretenden imponer para desechar el acuerdo, de manera que la asignación de diputaciones de representación proporcional sin el criterio de paridad sería de 3 mujeres y 9 hombres.
De igual manera las mujeres del estado de Morelos también han alzado la voz para exigir que la autoridad electoral se mantenga firme en sus criterios progresistas y de vanguardia que aseguran la paridad de género tal como lo establece nuestra Constitución y los criterios emitidos por el TEPJF así como el propio Consejo Estatal Electoral del instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana en las asignaciones de representación proporcional.
Por ello consideramos imprescindible hacer un llamado a la autoridad electoral morelense para que no ceda a las presiones ni a las maniobras de los partidos políticos que intentan impedir a las mujeres el ejercicio pleno de su derecho humano a la participación política en igualdad de oportunidades y conforme al principio de paridad.
El procedimiento para las asignaciones está en curso, por lo que el presente exhorto debe ser considerado de urgente y obvia resolución, en aras de estar en condiciones de salvaguardar los derechos políticos de las mujeres, dijo la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género.