Los magistrados coincidieron en que el Verde sí incumplió las medidas cautelares de retirar más de 450 espectaculares y otra propaganda fija, pero que fue sancionado por omisión de parte del Consejo General del INE, dado que existen pruebas que tuvo la intención de cumplir con dicha orden.
“Respecto a la reincidencia alegada por los partidos de la Revolución Democrática y Morena, en el proyecto no se tiene por acreditada, en tanto que al momento de la comisión de la falta que se analiza no existía una sentencia definitiva y firme previa que hubiera determinado la misma falta como ilegal”, señaló.
Asimismo, indicó que se propone revocar la resolución impugnada por la valoración de la conducta como “dolosa”, ello porque la responsable no tomó en consideración que en 17 testimonios notariales ofrecidos por el Partido Verde se denota un principio de ejecución a efecto de demostrar los actos tendentes al cumplimiento de la orden de retiro de propaganda.